Estimador de Emisiones Scope 3 | ciferi

La República Dominicana no cuenta aún con una normativa específica y obligatoria para la divulgación de emisiones de gases de efecto invernadero (GEI)...

Contexto regulatorio

La República Dominicana no cuenta aún con una normativa específica y obligatoria para la divulgación de emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) en el Scope 3. Sin embargo, las entidades dominicanas que forman parte de grupos multinacionales sujetos a la Directiva de Reportería de Sostenibilidad Corporativa (CSRD) de la Unión Europea deben reportar sus emisiones Scope 3 consolidadas bajo los Estándares Europeos de Reportería de Sostenibilidad (ESRS E1-6).
La Superintendencia del Mercado de Valores (SIV) no ha establecido aún requisitos mandatorios de divulgación de emisiones para empresas cotizadas dominicanas, aunque los inversores internacionales y las agencias de calificación de riesgo presionan cada vez más para obtener datos de Scope 3. Las entidades financieras reguladas por la Superintendencia de Bancos (SB) enfrentan exigencias crecientes de instituciones financieras internacionales y organismos como el Banco Central de la República Dominicana en relación con la evaluación de riesgos climáticos, que incluyen el análisis de emisiones en la cadena de suministro.
El Banco Central de la República Dominicana ha publicado orientaciones sobre gobernanza de riesgos climáticos para el sector financiero, pero aún no vincula estos riesgos a divulgaciones específicas de Scope 3. El Instituto de Contadores Públicos Autorizados de la República Dominicana (ICPARD) ha adoptado las Normas Internacionales de Auditoría (NIA) sin modificaciones y es la autoridad profesional competente. Para asuntos de auditoría de sostenibilidad, los auditores dominicanos aplican la NIA 3410 (Trabajos de Auditoría de Información sobre Gases de Efecto Invernadero) cuando se les encomienda una revisión limitada o auditoría de emisiones reportadas.

Marco de cálculo y emisiones

Fuentes de factores de emisión


A falta de factores de emisión específicos para la República Dominicana, las entidades deben usar factores internacionalmente reconocidos. Las opciones principales son:
DEFRA 2024 (Reino Unido): Los factores de conversión publicados anualmente por el Departamento de Energía, Seguridad y Descarbonización del Reino Unido (DESNZ) proporcionan factores para combustibles, electricidad y transporte aplicables a nivel internacional. Aunque originalmente desarrollados para el contexto del Reino Unido, estos factores se usan ampliamente en toda América Latina cuando no existen datos locales. La hoja de cálculo DEFRA 2024 incluye factores específicos para:
Protocolo GEI (GHG Protocol Corporate Standard): El marco de contabilidad internacional del GHG Protocol proporciona directrices para la medición de Scope 1, 2 y 3, junto con factores de emisión genéricos por categoría. Este protocolo es el estándar de facto para entidades dominicanas que reportan a inversores internacionales.
Base de datos EXIOBASE: Para estimaciones basadas en gasto (Categoría 1: Bienes y Servicios Comprados), EXIOBASE proporciona factores de emisión derivados de análisis input-output económico. El factor predeterminado de 0,42 kg CO2e por euro gastado se puede ajustar según el sector económico específico de la entidad.

Configuración de la República Dominicana


Generación eléctrica y emisiones de la red: La matriz eléctrica dominicana depende de forma notable de combustibles fósiles, aunque la participación de energías renovables ha crecido. El factor de emisión de la red (ubicación) para la República Dominicana se estima en aproximadamente 0,52 kg CO2e por kWh (datos de 2022-2023), reflejando la combinación actual de generación. Este factor es superior al de economías con mayor penetración de energías renovables, lo que significa que las emisiones del Scope 3 atribuidas al consumo de electricidad en el país serán proporcionalmente mayores si se usan factores de ubicación.
Para propósitos de auditoría y reporte, las entidades dominicanas deben aclarar si usan el factor de ubicación (basado en la mezcla de fuentes de generación real del país) o un factor basado en mercado (si han adquirido atributos de energía renovable o certificados de origen).
Sector de viviendas de interés social (zonas francas): La República Dominicana cuenta con importantes parques de zonas francas (especialmente en La Romana, Puerto Plata y San Cristóbal) que albergan empresas manufactureras y de servicios de exportación. Estas entidades generan volúmenes significativos de emisiones upstream (Categoría 4: Transporte y Distribución Upstream) dado que sus cadenas de suministro son internacionales. Los auditores que trabajan con entidades en zonas francas deben esperarse datos de transporte marítimo y aéreo sustanciales.
Contexto de transporte: El transporte por carretera es el modo dominante para la distribución interna en la República Dominicana. Los factores de emisión para transporte por carretera en América Latina oscilan entre 0,095 y 0,125 kg CO2e por tonelada-km, dependiendo del tamaño del vehículo y la eficiencia de combustible. Para transporte marítimo (tanto upstream como downstream hacia destinos caribeños e internacionales), aplicar 0,016 kg CO2e por tonelada-km es apropiado según el GHG Protocol.

  • Combustibles para calefacción y transporte
  • Emisiones de la red eléctrica (ubicación)
  • Transporte por carretera, ferrocarril, marítimo y aéreo
  • Residuos y reciclaje

Orientación para la estimación de Scope 3

Categoría 1: Bienes y Servicios Comprados


Para entidades sin datos de actividad granular, usar el factor de gasto de EXIOBASE (0,42 kg CO2e por euro gastado) como punto de partida. Si la entidad puede desglosar el gasto por categoría de proveedor o tipo de bien (materias primas, servicios, energía), aplicar factores de emisión más específicos por sector. Las entidades manufactureras (textiles, alimentos, químicos, metalmecánica) en zonas francas dominicanas deben esperar que las emisiones de la Categoría 1 representen entre el 40% y 70% del total de Scope 3.
Documentar la fuente de cada factor de emisión utilizado y las suposiciones sobre cobertura geográfica. Si un factor fue desarrollado para la UE pero se aplica en la República Dominicana, reconocer la limitación e indicar que representa una aproximación mientras se esperan datos más específicos del contexto local.

Categoría 3: Actividades Relacionadas con Combustibles y Energía


Las emisiones de la Categoría 3 (upstream de la electricidad comprada, pérdidas de transmisión y distribución, y upstream de los combustibles) deben calcularse aplicando factores adicionales al consumo de energía. Para la República Dominicana:

Categoría 4 y 9: Transporte Upstream y Downstream


Para entidades manufactureras y comerciales dominicanas:
Documentar la proporción de cada modo de transporte utilizado en la cadena de suministro. Para zonas francas dominicanas que exportan hacia los EE.UU., Canadá y Europa, el transporte marítimo será dominante (Categoría 9); para distribución interna, el transporte por carretera.

Categoría 6: Viajes Empresariales


Las entidades con personal que viaja frecuentemente a nivel internacional (bancos, empresas de servicios profesionales, multinacionales) deben desglosar los viajes aéreos por distancia:
Para viajes terrestres dentro de la República Dominicana, usar 0,171 kg CO2e por pasajero-km (auto promedio).

Categoría 7: Desplazamiento de Empleados


Aplicar un factor promedio de 1,28 kg CO2e por empleado por día laboral (basado en una mezcla típica de modos de transporte), multiplicado por 230 días laborales al año. Las entidades en Santo Domingo, Santiago y San Pedro de Macorís pueden tener patrones de conmutación distintos que justifiquen ajustes a este factor predeterminado si cuentan con datos de encuestas de movilidad.

Categoría 5 y 12: Residuos


Factores de emisión para tratamiento de residuos (GHG Protocol, DESNZ 2024):
Documentar las rutas reales de tratamiento de residuos de la entidad. Si los residuos se envían a instalaciones regionales (por ejemplo, en Haití o Puerto Rico), verificar los métodos de tratamiento finales.

  • Electricidad comprada: aplicar 0,025 kg CO2e por kWh (factor upstream de DESNZ 2024) más el factor de pérdidas de T&D (aproximadamente 0,015 kg CO2e por kWh para una red con pérdidas típicas de 15%).
  • Combustibles para calefacción, transporte y procesos: usar los factores upstream de DESNZ (well-to-tank) incluidos en la hoja de cálculo 2024.
  • Transporte por carretera: 0,107 kg CO2e por tonelada-km (HGV, según DESNZ)
  • Transporte ferroviario: 0,028 kg CO2e por tonelada-km
  • Transporte marítimo: 0,016 kg CO2e por tonelada-km
  • Transporte aéreo: 0,602 kg CO2e por tonelada-km
  • Vuelos de corta distancia (<3.700 km): 0,156 kg CO2e por pasajero-km
  • Vuelos de larga distancia (>3.700 km): 0,195 kg CO2e por pasajero-km
  • Relleno sanitario: 586 kg CO2e por tonelada
  • Incineración (sin recuperación energética): 21,3 kg CO2e por tonelada
  • Reciclaje: 21,3 kg CO2e por tonelada
  • Compostaje: 10,2 kg CO2e por tonelada

Expectativas de auditoría

Requisitos de la NIA para trabajos de auditoría de emisiones


Cuando se encomienda una auditoría o revisión limitada de información sobre emisiones de GEI, la NIA 3410 proporciona el marco aplicable. Los auditores dominicanos deben:

Hallazgos comunes en revisiones limitadas de Scope 3


Los trabajos de auditoría en otras jurisdicciones han identificado los siguientes problemas recurrentes en reportes de Scope 3:
Incompletitud de categorías reportadas: Las entidades frecuentemente omiten categorías de Scope 3 que son materiales para su sector. Por ejemplo, entidades manufactureras que omiten la Categoría 4 (Transporte Upstream); empresas de servicios que no incluyen la Categoría 1 desglosada; bancos que no cuantifican emisiones financiadas. El auditor debe validar que el alcance reportado es completo para las operaciones y cadena de suministro real de la entidad.
Falta de documentación de factores de emisión: Las entidades a menudo no documentan las fuentes de los factores utilizados, ni indican el año de publicación de los factores, ni aclarecen si un factor fue desarrollado en una región diferente y se está aplicando localmente por falta de datos específicos del país. La NIA 3410 requiere que esta información esté disponible para el auditor.
Cambios de metodología no divulgados: Cuando una entidad cambia de fuente de factores de emisión (por ejemplo, de DEFRA a ecoinvent, o de un factor genérico a uno específico del sector), las emisiones reportadas pueden disminuir o aumentar sin que haya habido cambios en las actividades reales. El auditor debe detectar estos cambios y exigir que se divulguen como restatements o cambios metodológicos.
Falta de consistencia con datos de cumplimiento normativo: Si la entidad reporta datos de energía a la autoridad reguladora (por ejemplo, al Banco Central en el caso de instituciones financieras), o datos de emisiones para esquemas de comercio de emisiones internacionales, estas cifras deben ser consistentes con las utilizadas para el cálculo de Scope 3. Las discrepancias sin explicación son una señal de riesgo.
Ausencia de análisis de materialidad: La NIA 3410 requiere que la entidad haya llevado a cabo un análisis de materialidad para Scope 3 (usualmente del 5% de las emisiones totales Scope 1 + 2 + 3, o del 5% de ingresos en algunos marcos). El auditor debe verificar que este umbral ha sido definido y que todas las categorías con emisiones por encima del umbral han sido cuantificadas con el mismo nivel de rigor.

  • Comprender el contexto regulatorio: Si la entidad reporta bajo ESRS E1-6 (como subsidiaria de una entidad de la UE) o bajo el GHG Protocol únicamente, esto afecta el alcance y el nivel de detalle esperado de la auditoría.
  • Validar la identificación de límites: Confirmar que la entidad ha identificado correctamente cuáles de las 15 categorías del GHG Protocol aplican a sus operaciones y que ha justificado cualquier exclusión.
  • Verificar la apropiedad de los factores de emisión: Confirmar que los factores utilizados proceden de fuentes reconocidas (DESNZ, GHG Protocol, IPCC, base de datos específica del país si existe) y que están documentados con clara referencia de la fuente y el año de publicación.
  • Evaluar el tratamiento de las incertidumbres: La NIA 3410 requiere que el auditor evalúe la forma en que la entidad ha abordado las incertidumbres inherentes a la estimación de emisiones (especialmente para Scope 3, donde predominan las estimaciones sobre mediciones directas). Si la entidad reporta solo un punto estimado sin rango de incertidumbre, el auditor debe considerar si esto es apropiado dado el nivel de precisión reclamado.
  • Documentar las limitaciones de los datos: Indicar en el informe qué proporción de las emisiones reportadas se basa en mediciones reales frente a estimaciones, y cuál es el nivel de precisión de cada categoría.

Consideraciones específicas para la República Dominicana

Sectores principal


Los sectores económicos dominicanos con mayor probabilidad de tener emisiones Scope 3 materiales incluyen:
Manufactura en zonas francas: Textiles, ensamblaje electrónico, procesamiento de alimentos, producción química. Estas entidades tienen cadenas de suministro globales y es probable que la Categoría 4 (transporte upstream) sea material.
Servicios financieros: Bancos, aseguradoras, operadores de fondos de inversión. Para estas entidades, las emisiones financiadas (Categoría 15: Inversiones) pueden ser sustancialmente mayores que sus emisiones operacionales. Los auditores deben familiarizarse con el estándar PCAF (Partnership for Carbon Accounting Financials) cuando auditen entidades financieras.
Retail y distribución: Supermercados, distribuidores de bienes de consumo. La Categoría 9 (transporte downstream) es material, junto con la Categoría 1 (bienes comprados).
Turismo y hotelería: Aunque menos materialidad en emisiones directas que otros sectores, la Categoría 3 (energía) y la Categoría 6 (viajes de negocios y huéspedes) pueden ser relevantes.

Disponibilidad de datos


A diferencia de economías desarrolladas con sistemas de seguimiento energético estandarizados, la República Dominicana puede presentar dificultades en la recopilación de datos:
El auditor debe evaluar si los datos recopilados son suficientes para sustentar una opinión sobre la razonabilidad de las emisiones reportadas. Si hay brechas significativas, documentarlas y considerar si esto afecta la cobertura y el alcance del trabajo de auditoría.

Divulgación de información


Para entidades dominicanas que preparan reportes para inversores internacionales, la divulgación de Scope 3 debe incluir:
La orientación de TCFD (Task Force on Climate-related Financial Disclosures), aunque no mandatoria en la República Dominicana, proporciona un marco reconocido internacionalmente para la divulgación consistente.

  • Acceso inconsistente a facturas detalladas de energía (especialmente en zonas donde el robo de electricidad es prevalente)
  • Registro incompleto de movimientos de transporte en cadenas de suministro informales
  • Falta de datos de consumo de agua y residuos para algunos proveedores
  • Identificación clara de cuáles de las 15 categorías están incluidas y excluidas, con justificación de cualquier exclusión
  • Porcentaje de emisiones estimadas versus medidas
  • Fuentes de factores de emisión y año de publicación
  • Cambios metodológicos año sobre año
  • Rango de incertidumbre asociado a las estimaciones (si aplica)

Recursos y herramientas de ciferi

El Estimador de Emisiones Scope 3 de ciferi está diseñado para asistir a auditores y preparadores de reportes de sostenibilidad dominicanos en la cuantificación rápida de emisiones por categoría. La herramienta acepta entrada de gasto (en RD$, USD o EUR) o datos de actividad (kWh, toneladas-km, empleados) y aplica factores de emisión internacionalmente reconocidos para producir estimaciones de Scope 3 expresadas en toneladas de CO2e.
Para entidades que preparan auditoría de emisiones bajo la NIA 3410, el estimador puede utilizarse como medio de validación de cálculos de la entidad o como instrumento de auditoría analítica para evaluar la razonabilidad de las cifras reportadas.
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