Definition

Por lo que he visto en los encargos, casi todos los equipos de sostenibilidad presentan solo la cifra por mercado porque sale más baja, y cuando llega la inspección descubren que ESRS E1-6 exige las dos y que el certificado REC que se compraron ni siquiera coincide en vintage con el consumo. La CNMV ya ha dejado por escrito que la ambigüedad sobre cuál metodología se reporta es un hallazgo en sí mismo.

Aspectos centrales

- Las emisiones por ubicación usan factores de emisión regionales o nacionales; las de mercado usan factores específicos del proveedor contractual. - La mayoría de auditores de sostenibilidad documentan mal cuál metodología eligió la entidad y por qué, creando hallazgos de inspección regulatoria. - El GHG Protocol permite reportar ambas, pero ESRS E1-6.24 exige aclarar cuál se está midiendo y por qué.

Cómo funciona

El alcance 2 de emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) cubre las emisiones indirectas de la generación de energía eléctrica, vapor, calor o refrigeración que una entidad consume. La decisión entre ubicación y mercado afecta de forma directa a la cifra reportada porque la intensidad de carbono de la red eléctrica varía de forma notable por región y por proveedor.

Las emisiones por ubicación toman el factor promedio de la red eléctrica donde se consume la energía. En una región con energía predominantemente renovable, el factor será bajo. En una con carbón como fuente principal, será alto. Este enfoque es el más conservador y es el más comparable entre años si la entidad permanece en la misma ubicación geográfica.

Las emisiones por mercado usan factores específicos de los proveedores con los que la entidad tiene contrato de compra. Si una entidad negocia un acuerdo de compra de energía renovable (PPA), sus emisiones por mercado caerán de golpe, aunque la ubicación física permanezca idéntica. Este enfoque refleja mejor las decisiones de compra reales de la entidad.

El GHG Protocol Scope 2 Guidance obliga a la entidad a reportar ambas cifras en la mayoría de los marcos de sostenibilidad, aunque el énfasis ha cambiado. La ESRS bajo la Directiva de Sostenibilidad Corporativa exige que las entidades declaren cuál metodología se está usando y por qué. El párrafo ESRS E1-6.24 especifica los requisitos de cobertura de alcance 2 y obliga a declarar la metodología aplicada.

La documentación crítica incluye cuál metodología fue elegida, qué factores de emisión se usaron en cada caso, de dónde provinieron esos factores (base de datos DEFRA en el Reino Unido, factor de red nacional en cada país, base de datos específica del proveedor) y cómo se reconcilian las cifras si difieren de forma notable.

Dos socios, dos lecturas

El socio A sostiene que la cifra por mercado es la que mejor refleja el esfuerzo real del cliente: si ha firmado un PPA con vintage coincidente, eso tiene que aparecer en la memoria y penalizar al cliente con la cifra por ubicación es un castigo a la inversión renovable. El socio B le contesta que cuando el REC viene de un pool saturado sin adicionalidad, la cifra por mercado es un brindis al sol y el auditor que la acepta sin cualificar pierde la imagen fiel. Ambas posturas aparecen en encargos reales. Vaya por delante que la segunda es la que aguanta mejor ante una inspección ESRS porque la carga de la prueba recae en quien presenta el factor específico, no en quien aplica el factor nacional de REE.

La presión estructural va más allá del debate técnico. Los equipos de sostenibilidad tienen KPI ligados a la reducción de la cifra por mercado y prefieren esa lectura porque enseña progreso año a año aunque la realidad física no se haya movido un gramo. Y cuando el equipo se limita a marcar la casilla de ESRS E1 con el factor más bajo que encuentra en el certificado del proveedor, el auditor tiene que decidir si esa documentación aguanta el escrutinio. Por lo que he visto, nadie tiene tiempo de revisar los vintages en serio. Es un brindis al sol.

Ejemplo práctico: Distribuidora Ibérica S.L.

Cliente: Empresa de logística con sedes en Madrid y Barcelona, consumo total de electricidad 2.400 MWh en 2024, reporta bajo ESRS E1.

Paso 1: Recopilación de datos de consumo y contratos Distribuidora Ibérica compró electricidad por dos vías: 1.600 MWh de Endesa con contrato de energía renovable documentado, y 800 MWh de la red general sin especificación de proveedor. Nota de documentación: PT-ESG-02, registro de contratación de energía y acuerdos PPA archivados con evidencia de compra.

Paso 2: Cálculo de emisiones por ubicación Se obtuvieron factores de emisión de la Red Eléctrica de España (REE) para 2024: 0,184 toneladas CO₂e por MWh en el promedio nacional. Cálculo: 2.400 MWh × 0,184 = 441,6 toneladas CO₂e Nota de documentación: PT-ESG-03, factor de emisión nacional de REE verificado contra publicación oficial del operador de red.

Paso 3: Cálculo de emisiones por mercado Para los 1.600 MWh de Endesa con contrato renovable: factor de emisión específico del proveedor = 0,005 toneladas CO₂e por MWh. Cálculo: 1.600 × 0,005 = 8 toneladas CO₂e Para los 800 MWh sin contrato específico: se aplica el factor de red = 0,184 toneladas CO₂e por MWh. Cálculo: 800 × 0,184 = 147,2 toneladas CO₂e Total emisiones por mercado: 8 + 147,2 = 155,2 toneladas CO₂e Nota de documentación: PT-ESG-04, factores del proveedor obtenidos del certificado de origen de Endesa y respuesta de auditoría directa del proveedor. Factor de red para saldo sin contrato reconciliado contra fuente de REE.

Paso 4: Reconciliación y análisis de diferencia Diferencia: 441,6 (ubicación) menos 155,2 (mercado) = 286,4 toneladas CO₂e (64,8% de reducción). Esta diferencia es material (supera el umbral de materialidad de sostenibilidad de la entidad establecido en 5% de emisiones totales). Nota de documentación: PT-ESG-05, análisis de sensibilidad de diferencia, justificación de por qué se reportan ambas cifras y cuál se usa en la huella de carbono principal.

Cierre del caso: Distribuidora Ibérica reporta 441,6 toneladas CO₂e como emisiones por ubicación (método conservador) y 155,2 toneladas CO₂e como emisiones por mercado (reflejando decisiones de compra). Ambas cifras son defendibles si se documentan las fuentes de factores de emisión y la metodología elegida se declara en la memoria de sostenibilidad conforme a ESRS E1-6.24.

Qué auditores y revisores detectan mal

- Hallazgo regulatorio: Las inspecciones de reguladores europeos en informes de sostenibilidad (incluyendo la CNMV en España) han documentado que las entidades reportan una cifra de alcance 2 sin aclarar si es por ubicación o por mercado, creando ambigüedad sobre qué está siendo medido. Esto viola ESRS E1-6.24.

- Error estándar práctico: Muchos equipos de auditoría aceptan "factores de emisión del proveedor" sin verificar si ese proveedor tiene un contrato vigente con la entidad o si ese factor es el factor de mercado correcto. El GHG Protocol Scope 2 exige que un factor de mercado esté vinculado a un acuerdo de compra documentado, no a una "presunción de verdor". En mi caso, a mí me pasa que la mitad de los REC que me presentan no tienen vintage coincidente con el año de consumo, y nadie en el equipo del cliente parece saber qué es el vintage.

- Brecha de documentación: Las entidades citan con frecuencia un "factor de emisión renovable" sin documentar dónde se obtuvo ese factor, qué proveedor lo emitió, o cuál es la fecha de vigencia. Sin esa trazabilidad, la cifra no es verificable. Los auditores de sostenibilidad raramente incluyen en papeles de trabajo una comparación lado a lado de cómo la metodología elegida afecta la cifra reportada, perdiendo la oportunidad de analizar sensibilidad. Y no es que sea un caso aislado, es el patrón.

Emisiones por ubicación vs emisiones por mercado: diferencias prácticas

DimensiónEmisiones por ubicaciónEmisiones por mercado
Fuente de factor de emisiónPromedio de red eléctrica regional/nacionalProveedor específico contractual
Estabilidad año a añoMás estable (cambios solo si ubicación física cambia o factor de red se actualiza)Más volátil (puede disminuir de golpe si entidad negocia energía renovable)
Refleja decisiones de compraNo; es un factor externo impuestoSí; captura si la entidad eligió energía más limpia
Esfuerzo de documentaciónModerado (factores públicos de red)Alto (requiere contratos, certificados, respuestas de proveedores)
Comparabilidad con paresMás fácil (misma región = mismo factor)Difícil (cada entidad negocia precios y términos diferentes)
Requerimiento de ESRS E1Permitido como alcance 2Permitido como alcance 2; debe aclararse cuál se reporta

Cuándo importa la distinción en un encargo

Una entidad de tecnología con sedes en tres países negocia un acuerdo de compra de energía renovable a precio fijo por cinco años. Bajo emisiones por ubicación, su alcance 2 permanece prácticamente sin cambios año a año (depende solo de fluctuaciones de la red). Bajo emisiones por mercado, sus emisiones caen 60% en el primer año del contrato.

Si el auditor de sostenibilidad acepta las emisiones por mercado sin documentación del acuerdo PPA, verifica la caída como "reducción de emisiones" sin entender que es un cambio de metodología, no un logro operativo. Si reporta emisiones por ubicación sin explicar por qué (dado que la entidad invirtió en energía renovable), hace parecer que la inversión fue inefectiva.

La distinción importa porque afecta la credibilidad de la narrativa de cambio climático. Una reducción del 60% porque se firmó un contrato es defendible. Una reducción del 60% porque se cambió la metodología de cálculo sin notificación es un hallazgo regulatorio.

Qué revisores reguladores encuentran de forma consistente

Las inspecciones de sostenibilidad de organismos europeos han identificado que las entidades reportan con frecuencia "emisiones de alcance 2 reducidas" sin explicar si la reducción proviene de una mejora operativa real, de un cambio de metodología de cálculo, o de una negociación de compra de energía renovable. Sin esa claridad, un auditor o regulador no puede evaluar si la afirmación es verdadera o engañosa.

Términos relacionados

Alcance 2 de emisiones de GEI: categoría regulatoria de emisiones indirectas que incluye ambas metodologías de cálculo.

Factor de emisión: factor multiplicado por el consumo de energía para obtener toneladas de CO₂e; varía según ubicación y proveedor.

Acuerdo de compra de energía renovable (PPA): contrato que especifica el proveedor y la intensidad de carbono del suministro, usado en cálculos de mercado.

Protocolo de Gases de Efecto Invernadero: estándar internacional que permite reportar ambas metodologías de alcance 2.

ESRS E1: Cambio climático: norma de sostenibilidad europea que exige claridad sobre cuál metodología de alcance 2 se reporta.

Huella de carbono: total de emisiones de una entidad, agregando alcances 1, 2 y 3.

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