Definition

El DAC6 requiere que intermediarios y, en ciertos casos, auditores, informen sobre esquemas de planificación fiscal agresiva dentro de 30 días calendario.

Aspectos centrales

El DAC6 requiere que intermediarios y, en ciertos casos, auditores, informen sobre esquemas de planificación fiscal agresiva dentro de 30 días calendario.
Las transacciones que cumplen los "criterios de reporte" deben notificarse incluso si el auditor no tiene certeza de que sean agresivas; la notificación es una obligación legal, no una evaluación profesional.
Las obligaciones de confidencialidad y secreto profesional no eximen al auditor del deber de reporte bajo DAC6.
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Cómo funciona

El DAC6 opera bajo un principio de "intermediario primario": si existe más de una parte involucrada en el esquema, la parte que obtiene la mayor parte de la remuneración esperada tiene la obligación de reportar. Si no hay intermediario, el cliente (a menudo la empresa auditada) debe notificar.
Para el auditor, la obligación surge cuando el auditor es considerado un "intermediario" bajo la definición del DAC6. Un auditor actúa como intermediario si asesora sobre la transacción, ayuda a concebirla, comercializarla, implementarla, o gestionar su estructura. Muchos auditores descubren transacciones relevantes durante la planificación y ejecución de la auditoría; en estos casos, si el auditor ha proporcionado cualquier asesoramiento relacionado con los impuestos, la obligación de reporte puede surgir.
Los criterios de reporte (los "hallmarks") están codificados en las leyes nacionales que implementan el DAC6. Incluyen características como: (a) la transacción se beneficia de confidencialidad contractual, (b) el asesor confía en la confidencialidad con respecto a la asesoría tributaria, (c) la transacción es compleja y no tiene propósitos comerciales genuinos, o (d) el resultado es una ventaja fiscal importante.
El auditor no decide si reporta; reporta si se cumplen los criterios. La notificación se hace a la autoridad tributaria nacional, no al cliente (aunque algunas jurisdicciones requieren notificación previa al cliente). Los plazos son estrictos: dentro de 30 días calendario de que el esquema esté "a disposición del cliente" (en muchos casos, cuando el auditor lo conoce o debería conocerlo).
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Ejemplo práctico: Talleres Mecánicos Mediterráneos S.L.

Cliente: Empresa manufacturera española, sede en Valencia, facturación anual de 18,5 millones de euros, auditoría del ejercicio 2024.
Situación: Durante la auditoría de los ciclos de financiamiento, el auditor identifica una estructura de reestructuración corporativa propuesta. La empresa planea transferir sus derechos de propiedad intelectual (patentes de procesos de fabricación) a una sociedad mercantil recién constituida en Irlanda, bajo un contrato de licencia con royalties del 12% sobre ventas netas. La firma de asesoramiento fiscal que asesora a Talleres Mecánicos indicó que esta estructura reduce la base imponible española en aproximadamente 2,2 millones de euros anuales.
Paso 1: Identificación del intermediario
Durante la auditoría preliminar, el auditor cuestiona a la dirección sobre esta estructura. El cliente confirma que está bajo asesoramiento de una firma de asesoramiento fiscal especializada, pero también pide al auditor que lo evalúe desde una perspectiva de cumplimiento financiero. El auditor proporciona un análisis de los flujos de efectivo implicados y valida la coherencia de los cálculos de royalties con los registros contables propuestos.
Nota de documentación: En el archivo de auditoría, el auditor documenta que ha proporcionado asesoramiento técnico sobre la aplicación, incluso si ese asesoramiento fue limitado a reconciliación de datos. Bajo el DAC6, esto puede constituir ser un "intermediario".
Paso 2: Evaluación de los criterios de reporte
El auditor verifica si la estructura cumple con los hallmarks del DAC6 españoles (implementados en la Ley 10/2022):
Nota de documentación: El auditor crea un memorándum que enumera cada hallmark contra los hechos conocidos. Incluso si la evaluación es "posiblemente sí" en lugar de "definitivamente sí", la notificación es obligatoria.
Paso 3: Obligación de reporte
El auditor (asumiendo que es el intermediario primario, o que ningún otro intermediario ha reportado) debe notificar a la Agencia Tributaria española (Agencia Estatal de Administración Tributaria) dentro de 30 días de que el esquema está "a disposición del cliente" (fecha en que el cliente puede implementarlo según el asesoramiento recibido). La notificación incluye un número de identificación del esquema de reporte (RIN), información sobre las partes, detalles de la estructura, y los hallmarks aplicables.
Nota de documentación: El auditor mantiene una copia de la notificación, la prueba de envío, y la confirmación de recepción en los archivos de auditoría. Esto protege al auditor frente a acusaciones posteriores de incumplimiento.
Conclusión: Aunque Talleres Mecánicos es un cliente de auditoría, y aunque el auditor proporcionó solo un asesoramiento limitado, la obligación de reportar bajo el DAC6 es independiente de la relación de auditoría y no está sujeta a discreción. La notificación protege tanto al auditor como a la empresa, porque la declaración voluntaria antes del descubrimiento por las autoridades tiene consecuencias diferentes a la no divulgación.
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  • ¿Se beneficia de confidencialidad contractual? Sí: el contrato de asesoramiento con la firma fiscal incluye cláusulas de confidencialidad estándar.
  • ¿El resultado es una ventaja fiscal importante? Sí: una deducción de 2,2 millones de euros es material para una empresa de este tamaño.
  • ¿La transacción tiene propósitos comerciales genuinos? Parcialmente: hay racionalidad económica (ubicación en zona de baja tributación), pero el principal beneficio es fiscal.
  • ¿La transacción implica transferencia transfronteriza de funciones o activos? Sí: la cesión de propiedad intelectual a Irlanda constituye un hallmark de categoría D (Ley 10/2022, art. 4.1.d), que activa la obligación de reporte independientemente de los demás criterios.

Lo que auditores y revisores entienden mal

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  • Confundir "intermediario" con "asesor fiscal especializado". El DAC6 define intermediario de forma amplia. Un auditor que proporciona cualquier asesoramiento sobre la transacción (incluyendo validación de cálculos, análisis de flujos de efectivo, o incluso preguntas de auditoría que revelan la estructura) puede ser considerado intermediario. La creencia de que "solo los asesores fiscales reportan" ha llevado a incumplimientos.
  • No reconocer que el plazo de 30 días comienza cuando el esquema está "a disposición del cliente", no cuando el auditor lo aprende formalmente. Si el cliente comunica la intención de implementar durante la auditoría, el reloj ha comenzado. Si el auditor se entera más tarde, debe calcularse hacia atrás desde el punto de aplicación.
  • Ignorar la precedencia del DAC6 sobre el secreto profesional. El artículo 8 del DAC6 es explícito: las obligaciones de confidencialidad bajo derecho nacional no eximen de la notificación. Algunos auditores han creído erróneamente que el secreto profesional les protege del reporte. No es así. La notificación a la autoridad tributaria es obligatoria independientemente.
  • No documentar el análisis de hallmarks en el archivo de auditoría. La NIA-ES 230.8 exige documentación suficiente para que un auditor experimentado pueda comprender los juicios significativos. Si el auditor detectó la transacción pero no dejó constancia escrita de su evaluación de cada hallmark, una inspección posterior no podrá verificar que el auditor cumplió su deber de diligencia bajo DAC6.

DAC6 vs. Secreto profesional

El DAC6 y el secreto profesional del auditor operan en esferas distintas. El secreto profesional protege la comunicación entre auditor y cliente de la divulgación a terceros. El DAC6 requiere la divulgación a la autoridad tributaria. Estos no son contradictorios en la ley; el DAC6 tiene precedencia.
La información reportada bajo DAC6 se trata como información de naturaleza tributaria y está sujeta a protecciones de confidencialidad de datos tributarios. El auditor no comunica públicamente el reporte, ni comunica detalles innecesarios. El reporte se realiza directamente a la autoridad tributaria bajo protecciones de privacidad.
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Términos relacionados

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  • Riesgo tributario: La exposición de la empresa a ajustes tributarios por interpretaciones agresivas o errores involuntarios.
  • Intermediario bajo DAC6: La definición específica de quién tiene la obligación de reporte bajo la Directiva.
  • Hallmarks del DAC6: Los criterios específicos que activan la obligación de notificación.
  • Transacciones transfronterizas: Las transacciones que el DAC6 intenta capturar, típicamente con elementos en múltiples jurisdicciones tributarias.
  • Planificación fiscal agresiva: El concepto subyacente que el DAC6 busca identificar y reportar.

Recursos y herramientas

Si tu firma gestiona múltiples auditorías en jurisdicciones que implementan DAC6, considera usar una lista de verificación de identificación de DAC6 como parte de la planificación de auditoría. Esta lista debería incluir preguntas estándar sobre transacciones de estructura, reestructuraciones corporativas, cambios en ubicaciones fiscales, y usos de intermediarios especializados.
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