Contenido

Marco normativo de la NIA-ES 710

Tipos de información comparativa


La NIA-ES 710.6 establece dos enfoques distintos para presentar información del periodo anterior: cifras correspondientes e información comparativa. Esta distinción determina el alcance de la responsabilidad del auditor.
Las cifras correspondientes forman parte integral de los estados financieros del periodo actual. Según el párrafo 7, se incluyen para comparación con los importes del periodo actual, pero no son estados financieros completos por sí mismas. La responsabilidad del auditor se limita a asegurar que estas cifras son consistentes con los estados financieros del periodo anterior.
La información comparativa, por el contrario, comprende importes e información del periodo anterior incluidos para fines de comparación según el párrafo 8. En algunos marcos de información financiera (particularmente en ciertas jurisdicciones), esta información debe presentarse como estados financieros completos comparativos. Esto amplía de forma notable las responsabilidades del auditor.

Responsabilidades del auditor según el tipo


Cuando se presentan cifras correspondientes, la NIA-ES 710.9 requiere que el auditor obtenga evidencia suficiente y apropiada de que concuerdan con los importes e información presentados en los estados financieros del periodo anterior. Si se identificaron incorrecciones en el periodo anterior que requieren ajuste o revelación, el auditor debe verificar que estos asuntos han sido tratados apropiadamente.
Para información comparativa completa, el párrafo 16 establece que el auditor debe emitir un informe que cubra específicamente los estados financieros de cada periodo presentado. Esto significa aplicar procedimientos de auditoría a toda la información del periodo anterior como si fuera un encargo actual.

Diferencias entre cifras correspondientes e información comparativa

Marco de presentación requerido


La elección entre cifras correspondientes e información comparativa no depende del auditor sino del marco de información financiera aplicable. El Plan General de Contabilidad español requiere la presentación de cifras correspondientes, mientras que las NIIF permiten ambos enfoques dependiendo de las circunstancias.
Bajo el enfoque de cifras correspondientes, la NIA-ES 710.11 especifica que la opinión de auditoría no menciona específicamente las cifras correspondientes excepto cuando se identifica una incorreción material no corregida que afecta a las cifras del periodo anterior. La responsabilidad se enfoca en la consistencia y presentación adecuada.
El enfoque de información comparativa requiere procedimientos más extensos. El párrafo 17 establece que si el auditor identifica que la información comparativa contiene una incorreción material, debe comunicar la incorreción al nivel apropiado de la dirección y, dependiendo de las circunstancias, a los responsables del gobierno de la entidad.

Implicaciones para la opinión


En auditorías de cifras correspondientes, las modificaciones a la opinión solo ocurren cuando las cifras del periodo anterior afectan materialmente los estados financieros del periodo actual. La NIA-ES 710.13 indica que si las cifras correspondientes no se han reexpresado apropiadamente o no se han hecho las revelaciones necesarias, el auditor debe expresar una opinión modificada sobre los estados financieros del periodo actual.
Para información comparativa, cualquier incorreción material en los estados financieros del periodo anterior requiere consideración separada. Si no se puede obtener evidencia suficiente y apropiada sobre la información comparativa, el auditor debe expresar una opinión modificada según corresponda.

Procedimientos de auditoría requeridos

Verificación de concordancia


El procedimiento central bajo la NIA-ES 710.9 consiste en verificar que las cifras correspondientes concuerdan con los importes e información presentados en los estados financieros del periodo anterior. Esto incluye:
Comparación directa de los importes finales del periodo anterior con las cifras iniciales del periodo actual. Cualquier diferencia debe investigarse completamente. Las diferencias pueden surgir de reclasificaciones legítimas, ajustes del periodo anterior identificados posteriormente, o errores en la transcripción.
Verificación de que las políticas contables aplicadas en el periodo actual son consistentes con las del periodo anterior, o que cualquier cambio se ha contabilizado y revelado apropiadamente según el marco de información financiera aplicable.
Revisión de los ajustes del periodo anterior que puedan haber sido procesados después de la emisión de los estados financieros del periodo anterior para determinar si requieren ajuste o revelación en los estados financieros del periodo actual.

Cuando el periodo anterior no fue auditado


La NIA-ES 710.19 establece procedimientos específicos cuando los estados financieros del periodo anterior no fueron auditados. El auditor debe:
Obtener evidencia suficiente y apropiada de que los saldos de apertura no contienen incorrecciones que afecten materialmente los estados financieros del periodo actual. Esto puede requerir procedimientos sustantivos adicionales sobre transacciones del periodo anterior que afectan el periodo actual.
Determinar si las políticas contables reflejadas en los saldos de apertura se han aplicado consistentemente en los estados financieros del periodo actual, o si los cambios en políticas contables se han contabilizado y revelado apropiadamente.
Según el párrafo 20, si el auditor no puede obtener evidencia suficiente y apropiada sobre los saldos de apertura, debe expresar una opinión modificada sobre los estados financieros del periodo actual.

Documentación requerida


La documentación debe incluir evidencia de los procedimientos aplicados, los hallazgos identificados, y las conclusiones alcanzadas sobre la información comparativa. Esto incluye:
Evidencia de la comparación efectuada entre las cifras correspondientes y los estados financieros del periodo anterior, incluyendo la investigación de cualquier diferencia identificada.
Documentación de la evaluación de incorrecciones identificadas en el periodo anterior y la determinación de si requieren ajuste o revelación en el periodo actual.
Para periodos anteriores no auditados, evidencia de los procedimientos adicionales aplicados para obtener confort sobre los saldos de apertura y su impacto en los estados financieros del periodo actual.

Ejemplo práctico: Auditoría de información comparativa

> Transportes Mediterráneo S.L., Valencia

Ingresos 2024: 18,4 millones de euros
Ingresos 2023: 16,8 millones de euros (auditados por otro auditor)
Marco aplicable: Plan General de Contabilidad (cifras correspondientes)

Durante la revisión de cifras correspondientes, identificamos que el saldo de deudores comerciales a 31 de diciembre de 2023 mostrado en los estados financieros de 2024 es de 2,1 millones de euros, mientras que el informe de auditoría de 2023 mostraba 1,9 millones de euros.
Paso 1. Obtener los estados financieros auditados de 2023 y el informe de auditoría correspondiente.
Documentación: Copia de los estados financieros de 2023 y el informe de auditoría del auditor predecesor obtenida del cliente el 15 de febrero de 2025.
Paso 2. Comparar las cifras correspondientes presentadas en los estados financieros de 2024 con los importes finales de los estados financieros de 2023.
Documentación: Hoja de trabajo comparativa mostrando diferencia de €200.000 en deudores comerciales (€2.100.000 vs €1.900.000). Diferencia marcada para investigación.
Paso 3. Investigar la causa de la diferencia identificada solicitando al cliente una explicación detallada.
Documentación: Respuesta de la dirección del 18 de febrero de 2025 indicando que se procesó un ajuste de €200.000 en enero de 2024 por una facturación omitida en diciembre de 2023.
Paso 4. Evaluar si el ajuste del periodo anterior se ha tratado apropiadamente según el marco de información financiera aplicable.
Documentación: El ajuste corresponde a ingresos devengados en 2023. Según el PGC, debe corregirse retrospectivamente. La diferencia es material (1,2% de los ingresos de 2023). Se requiere reexpresión de las cifras correspondientes.
Paso 5. Verificar que la reexpresión se ha efectuado correctamente y se ha revelado apropiadamente en las notas a los estados financieros.
Documentación: Nota 2.3 de los estados financieros explica la reexpresión. Las cifras correspondientes reflejan correctamente el ajuste. El tratamiento cumple con los párrafos 41-44 de la NIC 8.
Conclusión: Las cifras correspondientes están presentadas apropiadamente después de la reexpresión. No se requiere modificación de la opinión de auditoría. La revelación en notas es adecuada para la comprensión del usuario.

Lista de verificación práctica

  • Identificar el tipo de información comparativa requerida por el marco de información financiera aplicable (cifras correspondientes vs. información comparativa completa) según NIA-ES 710.6-8.
  • Verificar la concordancia entre las cifras correspondientes y los estados financieros del periodo anterior, investigando cualquier diferencia identificada según NIA-ES 710.9.
  • Evaluar ajustes del periodo anterior identificados después de la fecha de los estados financieros del periodo anterior para determinar si requieren tratamiento según NIA-ES 710.10.
  • Obtener evidencia adicional sobre saldos de apertura cuando el periodo anterior no fue auditado, aplicando los procedimientos especificados en NIA-ES 710.19-21.
  • Documentar conclusiones sobre la apropiada presentación de la información comparativa y cualquier impacto en la opinión de auditoría.
  • Lo central: La información comparativa no es una formalidad. Una diferencia no explicada puede indicar un error material que afecte la opinión del periodo actual.

Errores frecuentes identificados

  • Asumir concordancia sin verificación: Muchos equipos no comparan efectivamente las cifras correspondientes con los estados financieros del periodo anterior, limitándose a una revisión superficial de consistencia.
  • Documentación insuficiente de diferencias: Cuando se identifican diferencias entre cifras correspondientes y estados financieros del periodo anterior, la documentación de la investigación y resolución a menudo carece del detalle necesario para soportar las conclusiones.
  • Evaluación inadecuada de materialidad: Los ajustes del periodo anterior se evalúan contra la materialidad del periodo actual en lugar de considerar su impacto en ambos periodos según requiere la NIA-ES 710.

Contenido relacionado

Recibe información práctica de auditoría, semanalmente.

Sin teoría de examen. Solo lo que hace que las auditorías funcionen más rápido.

Más de 290 guías publicadas20 herramientas gratuitasCreado por un auditor en ejercicio

Sin spam. Somos auditores, no vendedores.