Lo que falla en la práctica antes de que llegue el encargo

Por lo que he visto en los primeros encargos CSRD belgas, el error frecuente no aparece en el trabajo de aseguramiento. Aparece antes, en la aceptación. Una firma mediana mira la cartera, ve dos o tres clientes que caen bajo la Ola 2, y asume que con formar a los seniors bastará. A mí me pasa que cuando pregunto por el plan de capacidad, el socio responde con un "sacaremos adelante con lo que hay". Eso suele traducirse en tres cosas que se resuelven mal: la evaluación de materialidad doble del cliente se acepta sin cuestionarla, los ESRS sectoriales aplicables no se verifican contra la actividad real, y la documentación de los procedimientos queda floja.

El IRE/IBR no ha emitido todavía un informe de inspección sobre CSRD porque los primeros encargos cierran a lo largo de 2026, pero ya hay señal en las comunicaciones del Instituto sobre expectativas de documentación. Desde mi punto de vista, las firmas que traten el primer año como un ejercicio de "marcar la casilla" se encontrarán con un expediente dentro de tres años. La transposición belga no deja margen para eso, porque la FSMA actúa como autoridad competente y el IRE/IBR conserva la supervisión disciplinaria del auditor.

Marco legal: qué dice realmente la norma

Bélgica transpuso la CSRD mediante la Ley de aplicación CSRD de 6 de julio de 2024, que modifica el Código de Sociedades y de Asociaciones (CSA/WVV) y la Ley de 7 de diciembre de 2016 sobre la profesión de auditor. La ley mantiene los umbrales de la directiva europea sin ajustes nacionales a la baja:

- Facturación neta superior a 40 millones de euros - Total del balance superior a 20 millones de euros - Número medio de empleados superior a 250

Las empresas que cumplan dos de estos tres criterios durante dos ejercicios consecutivos entran en el perímetro CSRD. La FSMA (Autoridad de Servicios y Mercados Financieros) supervisa el cumplimiento en entidades cotizadas y de interés público; el Banco Nacional de Bélgica (NBB) hace lo propio con instituciones financieras. El IRE/IBR (Institut des Réviseurs d'Entreprises / Instituut van de Bedrijfsrevisoren) mantiene la supervisión sobre el auditor que emite el informe de aseguramiento. En materia contable, la CBN/CNC (Commission des Normes Comptables / Commissie voor Boekhoudkundige Normen) publica orientaciones interpretativas que, aunque no son vinculantes como la ley, los inspectores leen con atención.

Dónde vive el juicio profesional: la zona gris

La norma exige aseguramiento limitado desde el primer año. Lo que la norma no resuelve es cómo se construye ese aseguramiento cuando el cliente entrega el informe ESRS con seis semanas de margen antes de la junta. En teoría, la ISAE 3000 (Revisada) y las guías del IAASB para informes de sostenibilidad marcan el procedimiento. En la práctica, el socio tiene que decidir cuánto juicio propio aplica sobre la evaluación de materialidad doble que el cliente ya ha cerrado con su consultora de sostenibilidad. Aquí viven dos posiciones razonables.

El socio A defiende que el auditor acepta la evaluación del cliente como dada y se limita a verificar si la metodología documentada es consistente. Su razonamiento: el aseguramiento limitado no es una reauditoría de la materialidad, y extender el alcance eleva honorarios que el mercado belga no absorbe en el primer año. El socio B defiende que el auditor debe cuestionar la evaluación cuando el listado de ESRS aplicables resultante no encaja con la actividad conocida del cliente. Su razonamiento: si la evaluación omite un tema material, el informe no logra imagen fiel, y el riesgo de responsabilidad cae sobre la firma, no sobre la consultora que hizo el ejercicio. Las dos posiciones son defendibles. En mi caso, me alineo más con el socio B, porque el marco normativo se convierte en un brindis al sol si el auditor solo verifica el proceso sin pisar el contenido.

Cronograma de aplicación por olas

Ola 1 (informes 2025, aseguramiento 2026): Grandes empresas de interés público cotizadas con más de 500 empleados. El primer informe CSRD se publica junto con las cuentas anuales del ejercicio 2025.

Ola 2 (informes 2026, aseguramiento 2027): Todas las demás grandes empresas que cumplan los umbrales. Aquí entra el grueso del mercado belga no cotizado.

Ola 3 (informes 2027, aseguramiento 2028): PYME cotizadas bajo un régimen simplificado (ESRS LSME / VSME según los últimos desarrollos).

Lo que realmente ocurre con este calendario es que las firmas confunden la fecha de informe del cliente con la fecha en que ellas deben estar listas. El cliente Ola 2 informa en 2026, pero el equipo del auditor necesita formación, plantillas y procedimientos listos para enero de 2026 como muy tarde, porque los procedimientos de interim con visitas al cliente arrancan antes del cierre. Es decir, una firma que empiece a planificar en el tercer trimestre de 2025 llega tarde.

Nivel de aseguramiento y transición a aseguramiento razonable

Bajo el Artículo 19a de la CSRD y la transposición belga, el aseguramiento limitado es obligatorio desde el primer año. La Comisión Europea debe decidir hacia 2028 si se eleva a aseguramiento razonable. Los profesionales dividen opiniones sobre si esa transición se hará en plazo o se retrasará. Lo que sí puedo afirmar es que las firmas que construyan sus papeles de trabajo pensando solo en aseguramiento limitado tendrán que rehacerlos en dos años. Desde mi punto de vista, conviene documentar con un nivel intermedio ya desde el primer encargo, aunque el informe emitido sea limitado.

Particularidades belgas frente al marco base de la UE

Autoridad regulatoria dividida

A diferencia de estados miembros con un único supervisor, Bélgica mantiene un reparto operativo:

- La FSMA supervisa empresas cotizadas y entidades de interés público en su obligación de publicar el informe CSRD. - El NBB supervisa el cumplimiento en entidades financieras. - El IRE/IBR supervisa al auditor que firma el aseguramiento.

Esta distribución afecta qué autoridad emite la primera advertencia si algo falla. Una firma que audita un banco pequeño belga trata con NBB sobre contenido del informe y con IRE/IBR sobre el trabajo del auditor. Los dos expedientes se tramitan por separado.

Requisitos lingüísticos

Las empresas belgas sujetas a CSRD deben presentar el informe en el idioma oficial de su región de registro (francés, neerlandés o alemán). El inglés no es aceptable por defecto, salvo para grupos que publican el informe consolidado. Las firmas deben asegurar competencia lingüística real en el equipo de aseguramiento. Por lo que conozco, algunas firmas medianas belgas han externalizado parcialmente el trabajo a equipos de servicios lingüísticos para revisar terminología regulatoria, pero esa opción introduce un riesgo de documentación que el IRE/IBR preguntará.

Exenciones específicas belgas

La ley belga introduce una exención temporal de un año para subsidiarias belgas de grupos de la UE que ya informan bajo CSRD a nivel consolidado, ampliando la exención estándar de la directiva para casos de fusiones y adquisiciones. Esta exención se aplica caso a caso y requiere documentación específica en las cuentas anuales de la subsidiaria.

Ejemplo práctico con complicación

Escenario inicial: Fabricación Industrial Flamenca N.V., con sede en Gante, facturación de 65 millones de euros, balance de 28 millones de euros y 180 empleados de promedio en el ejercicio 2024.

Paso 1: evaluación de umbrales

- Facturación: 65 M€ > 40 M€ (cumple) - Balance: 28 M€ > 20 M€ (cumple) - Empleados: 180 < 250 (no cumple)

Nota de documentación: documentar el cálculo de umbrales con cifras de los dos ejercicios anteriores para confirmar el cumplimiento consecutivo.

Paso 2: determinación del cronograma de informes

Al cumplir dos de tres criterios durante dos ejercicios consecutivos, la sociedad entra en la Ola 2. Primer informe CSRD para el ejercicio 2026, aseguramiento a emitir junto con las cuentas anuales aprobadas por la junta de 2027.

Nota de documentación: confirmar la fecha de cierre del ejercicio y contrastarla con los estatutos para determinar el primer periodo de informe requerido.

Paso 3: evaluación de materialidad doble (ESRS 1)

La empresa debe evaluar materialidad de impacto (efectos de sus operaciones sobre personas y medio ambiente) y materialidad financiera (riesgos y oportunidades para la empresa) según ESRS 1.

Nota de documentación: el proceso de evaluación de materialidad doble se documenta en su totalidad como base para determinar qué normas ESRS aplicar. El auditor debe evaluar si la metodología del cliente sostiene el listado resultante.

La complicación (abril de 2026): A mediados del ejercicio, la empresa adquiere una planta subsidiaria en Valonia que fabrica componentes con procesos de galvanizado. Esta adquisición introduce emisiones de Alcance 1 materiales que la evaluación de materialidad doble original (hecha en 2025 sobre el perímetro previo) no cubría. El cliente pregunta al auditor si debe rehacer la evaluación o si basta con una nota de actualización.

La norma no responde a esto con una fórmula. Aquí entra el juicio profesional. Por lo que conozco de los encargos piloto, la postura razonable es que un cambio material de perímetro durante el ejercicio exige rehacer la evaluación de materialidad doble al cierre, no una mera adenda. La razón es que la evaluación no es un inventario estático, sino el fundamento metodológico del informe completo. Si el perímetro cambia, la base cambia. El socio del encargo tiene que ponerlo por escrito al cliente en una comunicación formal, con copia al comité de auditoría, antes de que el equipo arranque los procedimientos de interim.

Paso 4: determinación de normas ESRS aplicables tras la complicación

Basándose en la evaluación de materialidad doble actualizada:

- ESRS E1 (Cambio climático): aplicable. Emisiones significativas de procesos manufactureros, ahora amplificadas por el galvanizado - ESRS E2 (Contaminación): aplicable. El galvanizado introduce riesgo de contaminación del agua que la evaluación original no cubría - ESRS S1 (Fuerza laboral propia): aplicable. 180 empleados en operaciones manufactureras, más los incorporados por la adquisición - ESRS G1 (Conducta empresarial): aplicable como requisito obligatorio

Conclusión del ejemplo: Fabricación Industrial Flamenca requerirá aseguramiento limitado sobre su informe CSRD del ejercicio 2026 (emisión del informe junto con las cuentas anuales de 2027), cubriendo cuatro normas ESRS. El socio del encargo documenta la razón por la que el ámbito se amplió durante el trabajo, y esa documentación será el primer papel que el inspector del IRE/IBR pedirá si algún día abre expediente.

Lista de verificación práctica para firmas belgas

1. Identifique clientes afectados. Revise la cartera contra los umbrales CSRD y determine la ola aplicable para cada cliente. Preste atención a grupos con subsidiarias belgas que puedan acogerse a la exención temporal. 2. Evalúe capacidad de equipo. Asegure que los equipos tengan formación en normas ESRS y en metodología de aseguramiento limitado conforme a ISAE 3000 (Revisada). No basta con un curso de dos días. 3. Desarrolle procedimientos de aseguramiento. Establezca procedimientos estándar para evaluar informes de materialidad doble y divulgaciones ESRS. Documente el juicio sobre cada ESRS aplicado. 4. Configure documentación de archivo. Adapte plantillas de papeles de trabajo para documentar procedimientos de aseguramiento limitado CSRD conforme a ISA (Bélgica) 230. Construya para aseguramiento razonable aunque emita limitado. 5. Establezca competencia lingüística. Confirme que los equipos puedan revisar informes CSRD en el idioma oficial de la región del cliente. Documente la decisión de idioma del encargo. 6. Planifique capacidad con margen. La Ola 2 llega en el próximo ciclo y consume recursos que su firma ya tiene asignados a la auditoría financiera de enero a abril. Si no lo resuelve ahora, llegará sin equipo.

Errores comunes

La pregunta que el equipo del encargo tiene que contestar antes de aceptar no es si el cliente está preparado. Es si la firma tiene el juicio profesional construido para cuestionar al cliente cuando la evaluación de materialidad doble falle. Si la respuesta es no, mejor rechazar el encargo que firmarlo con papeles flojos.

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