Definition

La carpeta de DNSH (Do No Significant Harm) que llega al equipo de aseguramiento la víspera del cierre suele tener la misma forma: un PDF con los seis criterios técnicos copiados literalmente del Acto Delegado, una columna a la derecha con la palabra "cumple" repetida seis veces, y una nota del director financiero que dice que el proyecto está alineado con la Taxonomía y que el plazo del informe CSRD vence el viernes. Vaya por delante que el Reglamento UE 2020/852 no exige más que esa estructura formal. Pero la diferencia entre el papel y lo que la AEAT o la propia Comisión van a buscar en una inspección de fondos NextGenerationEU es la que mata el engagement.

Puntos

- DNSH se aplica a cada uno de los cinco objetivos ambientales que la entidad no usa como contribución sustancial, no solo al objetivo principal. - El umbral DNSH no es una escala de daño aceptable: o el impacto está dentro de los criterios técnicos del Acto Delegado, o la actividad no califica. - En mi experiencia, el 80% de los hallazgos de DNSH en revisiones de cartera vienen del objetivo de agua (CCA-2) y del de biodiversidad, no del de mitigación climática. - El revisor con encargo de aseguramiento limitado bajo CSRD verifica que la evaluación se hizo, no que la conclusión sea correcta. Esa brecha es estructural.

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Cómo funciona

Lo que llega al engagement

El expediente de DNSH típico no es una evaluación. Es una declaración. Contiene cuatro elementos que se repiten en casi todos los clientes que en nuestra firma hemos visto en las dos últimas campañas: el listado de los seis objetivos del Reglamento UE 2020/852, una transcripción de los criterios técnicos del Acto Delegado correspondiente, una afirmación del propio cliente de que la actividad cumple, y un anexo con los certificados que ya tenía por otras razones (ISO 14001, evaluación de impacto ambiental del proyecto, certificado AENOR de gestión de residuos). Lo que falta es la evaluación del riesgo específico de la actividad en su ubicación concreta. Lo que realmente ocurre es que la "evaluación DNSH" se reduce a marcar la casilla y los papeles están flojos en el momento en que un inspector pregunta por el análisis subyacente.

Lo que el Reglamento exige

El Reglamento UE 2020/852, artículo 17, define el daño significativo para cada uno de los seis objetivos: mitigación del cambio climático, adaptación al cambio climático, uso y protección sostenible del agua y los recursos marinos, transición a una economía circular, prevención y control de la contaminación, y protección y restauración de la biodiversidad y los ecosistemas. El Acto Delegado Climático (Reglamento Delegado UE 2021/2139) y el Acto Delegado Ambiental (Reglamento Delegado UE 2023/2486) traducen ese principio general en criterios técnicos por actividad económica. Los criterios DNSH cruzan también con ESRS E1 a E5 cuando el cliente reporta bajo CSRD: las divulgaciones cuantitativas de E2 (contaminación) y E3 (recursos hídricos) deben ser consistentes con las afirmaciones DNSH del informe de Taxonomía. La inconsistencia entre los dos bloques es uno de los hallazgos que más rápido aparece en una revisión cruzada.

La zona gris

DNSH se vuelve interpretativo cuando la actividad cae cerca del umbral técnico, cuando el criterio se aplica a una característica del entorno (estrés hídrico de la cuenca, estatus de protección del hábitat) que no se mide en la actividad sino en el contexto, o cuando el mismo proyecto tiene impactos opuestos en dos objetivos. El Acto Delegado deja muchos de estos casos al juicio del operador, y el operador tiene un incentivo económico claro para concluir que cumple.

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Ejemplo práctico: Eólicas del Levante, S.A.

Cliente: Eólicas del Levante, S.A., promotor de un parque eólico de 84 MW en la cuenca del Júcar, financiación parcial vía PRTR (15,4 millones de euros de NextGenerationEU). Reportero CSRD desde el ejercicio 2025. Capex anual del proyecto: 62 millones de euros. La actividad CCM 4.3 (generación eléctrica a partir de energía eólica) es alineada por contribución sustancial al objetivo de mitigación climática. La evaluación DNSH se exige para los otros cinco objetivos.

Lo que el cliente entrega. Una matriz Excel con los seis objetivos, columna "cumple/no cumple", y para cada celda una referencia al criterio técnico del Acto Delegado y un párrafo justificativo. La evaluación de adaptación cita la Estrategia Nacional de Adaptación. La evaluación de economía circular cita el plan de gestión de residuos del parque. La evaluación de agua dice literalmente: "La subestación utiliza un sistema de refrigeración con agua dulce. El volumen anual de extracción es de 1.850 m³, por debajo del umbral del criterio técnico DNSH para agua."

La complicación. El parque está en una subcuenca del Júcar clasificada por la Confederación Hidrográfica como en estrés hídrico estructural, con restricciones de extracción activas durante los últimos cuatro veranos. El criterio DNSH para el objetivo de agua del Acto Delegado Climático no fija un umbral cuantitativo en m³. Exige que la actividad "no afecte negativamente al buen estado de las masas de agua o al buen ecológico" y, cuando la cuenca está bajo estrés, requiere una evaluación específica de impacto.

Posición A (manager del engagement). DNSH cumple. El volumen es inmaterial frente al uso agrícola de la cuenca, el cliente tiene la concesión de la Confederación, y el criterio técnico no fija un umbral que se incumpla. Forzar una conclusión adversa sobre 1.850 m³ en un proyecto de 62 millones de euros sería desproporcionado.

Posición B (EQR). DNSH no cumple, o al menos no se puede concluir con la evidencia del expediente. El criterio del Acto Delegado es cualitativo y se enchufa al concepto de "buen estado" de la Directiva Marco del Agua. En una cuenca en estrés estructural, cualquier extracción incremental es significativa por definición regulatoria del organismo de cuenca. El expediente del cliente no incluye el informe específico de la Confederación sobre el impacto del proyecto, solo la concesión genérica.

Cómo se resolvió. El partner aceptó la posición B y emitió la conclusión con una salvedad sobre la afirmación de alineación parcial en agua. El cliente añadió a su informe CSRD una nota de incertidumbre y revisó al alza la divulgación bajo ESRS E3-4. Lo segundo que aprendimos: si la posición A se hubiera mantenido y el proyecto hubiera ido a inspección de la AEAT por el origen NextGenerationEU de los fondos, la inconsistencia entre la afirmación DNSH y el estatus de la cuenca habría sido una de esas bombas de relojería que estallan dos años después del informe.

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Errores comunes

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DNSH frente a contribución sustancial

DimensiónContribución sustancialDNSH
AplicaciónAl objetivo elegido por la entidadA los otros cinco objetivos en paralelo
CausalidadLa actividad debe tener impacto positivo medibleLa actividad no debe causar daño significativo
Umbral"Sustancial" según criterios técnicos del Acto Delegado"Significativo" definido en bloque DNSH del mismo Acto
DocumentaciónMétricas técnicas de desempeño cuantitativasEvaluación de riesgos por objetivo y evidencia de mitigación operativa
Punto débil típicoTrazabilidad del cálculo de la métricaEvaluación cualitativa sin contexto local

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Cuándo DNSH importa en un encargo de aseguramiento

El test entra en el alcance del aseguramiento limitado cada vez que el cliente reporta KPIs de Taxonomía bajo el Artículo 8 del Reglamento UE 2020/852 dentro de su informe de gestión consolidado. El alcance del encargo limitado, según ISAE 3000 (Revised), exige procedimientos de evidencia más ligeros que un encargo razonable. Esto es el problema. La afirmación DNSH es cualitativa y autoinformada, los procedimientos limitados son de bajo esfuerzo, el cliente quiere alineación, y al socio le preocupa sacar adelante con lo que hay porque el cliente lleva años en cartera y la rotación de partner del próximo ejercicio ya está negociada. El resultado es que la pieza más débil de la cadena de aseguramiento es la única que no se puede cubrir con muestreo estadístico.

Yo personalmente creo que la asimetría no es un fallo del estándar de aseguramiento, es un fallo de diseño del marco regulatorio: la Taxonomía empuja todo el riesgo hacia DNSH precisamente porque la arquitectura es binaria. Una actividad o está alineada o no lo está, y el cliente tiene un incentivo enorme para que esté alineada (acceso a finanzas verdes, reducción de coste de capital, divulgación favorable bajo ESRS). DNSH es el único filtro que queda entre la afirmación del cliente y la imagen fiel del informe. Si ese filtro lo aplica un equipo de aseguramiento limitado con tres días de fee, el principio se convierte en un brindis al sol.

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Términos relacionados

- Contribución sustancial: El lado positivo de la evaluación de Taxonomía: el beneficio que la actividad aporta al objetivo seleccionado. - Actividad conforme a la Taxonomía: El resultado cuando una actividad cumple tanto contribución sustancial como DNSH. - Taxonomía de la UE: El marco que define los seis objetivos, criterios técnicos y DNSH. - CSRD: La regulación que requiere que las grandes empresas reporten exposición a la Taxonomía. - ESRS E1: El estándar de reporte que especifica cómo comunicar resultados de Taxonomía. - Riesgo residual: El daño que permanece después de la mitigación y que debe ser insignificante para pasar DNSH.

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Calculadora de Taxonomía

Evaluador de conformidad a DNSH y Taxonomía – Matriz interactiva que guía la evaluación completa de DNSH para los seis objetivos y genera documentación de evaluación de riesgos.

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