Índice

1. Lo que falla en la práctica y lo que pide la NIC 12 2. Diferencias temporarias: identificación y medición 3. Recuperabilidad: la zona gris 4. Ejemplo práctico: Industria Mediterránea S.L. 5. El debate entre socios: 3 años o 5 años 6. Lista de verificación 7. Errores frecuentes en la documentación 8. Contenido relacionado

Lo que falla en la práctica y lo que pide la NIC 12

Lo que realmente ocurre es que muchas firmas reconocen activos por impuesto diferido (ADI) sobre bases imponibles futuras apoyándose en un plan de negocio que la dirección ha firmado la semana anterior al cierre. El plan dice cinco años de beneficios crecientes. El histórico dice dos pérdidas en los últimos cuatro ejercicios. El auditor incluye el plan en el archivo, marca la casilla de "razonable" y se va.

La NIC 12.15 (en adelante, la norma) no pide esto. Pide que sea probable, en el sentido de más factible que ocurra que no ocurra (NIC 12.24), que la entidad disponga de ganancias fiscales futuras contra las que utilizar las diferencias temporarias deducibles. Probable no es optimista. Probable es un umbral de evidencia, no un umbral de narrativa.

La NIA-ES 540.13 (en adelante, la norma de auditoría) pide que el auditor obtenga evidencia suficiente y adecuada sobre si la estimación es razonable en el marco aplicable. En la práctica, eso significa que el auditor tiene que poder explicar por qué el plan de negocio es creíble, no solo que existe. Son cosas muy distintas.

La zona gris

Si la norma dijera cinco años, sería fácil. Si dijera tres, también. El problema es que no dice un número. Dice probable. ¿Qué es "pérdidas recientes"? ¿Los últimos dos ejercicios? ¿Los últimos cinco? ¿Cuándo una pérdida es estructural y cuándo es un one-off por la pandemia? Por lo que conozco de los expedientes del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC), aquí es donde se concentran las deficiencias: papeles que aceptan la narrativa del cliente sin contrastar con evidencia externa.

Diferencias temporarias: identificación y medición

La NIC 12.5 define las diferencias temporarias como las que surgen entre la base fiscal de un activo o pasivo y su importe en libros. Hay dos tipos.

Diferencias temporarias imponibles (párrafo 12.5): dan lugar a cantidades imponibles en periodos futuros cuando el importe en libros del activo se recupere o el pasivo se liquide. Estas generan pasivos por impuesto diferido.

Diferencias temporarias deducibles (párrafo 12.5): dan lugar a cantidades deducibles en periodos futuros cuando el importe en libros del activo se recupere o el pasivo se liquide. Estas generan activos por impuesto diferido, y aquí es donde empieza el problema de la recuperabilidad.

Medición

El párrafo 12.47 establece que los ADI y los pasivos por impuesto diferido deben medirse según las tasas fiscales aprobadas, o cuyo proceso de aprobación esté prácticamente terminado en la fecha del balance, aplicables al periodo en que se espere realizar el activo o cancelar el pasivo.

En España, el tipo general del Impuesto sobre Sociedades (IS) está en el 25%. Hay especialidades (entidades de reducida dimensión, cooperativas, régimen fiscal canario, pilar 2 de la OCDE desde 2024). La NIA-ES 540.A76 pide que el auditor compruebe que la tasa aplicada es la correcta para el perfil fiscal de la entidad. No es un cálculo complicado, pero falla más de lo que parece cuando hay operaciones en varias jurisdicciones.

Recuperabilidad: la zona gris

La NIC 12.27 pide considerar toda la evidencia disponible, positiva y negativa. El párrafo 12.29 concreta:

- La medida en que existan suficientes diferencias temporarias imponibles relacionadas con la misma autoridad fiscal - Si es probable que la entidad tenga ganancias fiscales en los periodos en que las diferencias deducibles puedan utilizarse - Las oportunidades de planificación fiscal disponibles

La NIC 12.35 añade algo que suele citarse poco. Dice que cuando existen pérdidas fiscales recientes, el reconocimiento de ADI por esas pérdidas o por otras diferencias deducibles solo procede si hay evidencia convincente. No "suficiente". No "razonable". Convincente. El inglés "convincing" es más fuerte que el "probable" del 12.24. Es una puerta más estrecha.

Procedimientos concretos que el ICAC quiere ver

La NIA-ES 540.18 pide que el auditor evalúe si la metodología de la dirección es apropiada en las circunstancias. Para ADI, eso significa cuatro cosas.

Proyecciones fiscales contrastadas. No basta con pedir el plan. Hay que contrastarlo con el presupuesto aprobado por el consejo, con el rendimiento histórico de los últimos tres a cinco años, con los planes usados en el test de deterioro del fondo de comercio (si los hay) y con las previsiones sectoriales públicas. Si el plan del ADI dice crecimiento del 8% anual y el plan del deterioro usa el 3%, hay un problema. Yo he visto esto más veces de las que debería.

Cronograma de reversión. Cuándo revierten las diferencias temporarias imponibles (que liberan base imponible) y cuándo las deducibles (que consumen base imponible). Si la reversión de las deducibles se concentra en los dos primeros años y las imponibles no llegan hasta el año seis, el ADI de los dos primeros años necesita que haya beneficio recurrente, no solo reversión de otras diferencias.

Incertidumbres fiscales. Inspecciones abiertas, criterios recurridos, recalificaciones. Si la Agencia Tributaria ha regularizado dos veces el mismo concepto en los últimos cinco años, la proyección del ADI vinculado a ese concepto tiene una bomba de relojería.

Evidencia contraria. La NIC 12.35 pide que, ante pérdidas recientes, haya evidencia convincente. Esto obliga al auditor a documentar qué evidencia hay en contra de la recuperabilidad, no solo la que va a favor. En la práctica, esta es la parte que falta en el 70% de los papeles que he revisado.

La NIA-ES 540.A92 recuerda que, cuando la estimación tiene un alto grado de incertidumbre, puede no bastar con procedimientos sustantivos. Puede hacer falta implicar a especialistas fiscales, ampliar el alcance, o modificar la opinión si la dirección no facilita evidencia suficiente.

Ejemplo práctico: Industria Mediterránea S.L.

> Caso práctico - Industria Mediterránea S.L. > > Sociedad de responsabilidad limitada con sede en Valencia, fabricación de componentes industriales. Ingresos 2024: 45,2 millones de euros. ADI al 31/12/2024: 2,8 millones de euros (6,2% del total de activos). Tipo fiscal: 25%. > > Principales diferencias temporarias deducibles: bases imponibles negativas (BIN) pendientes de compensar por 8,4 millones de euros (generadas entre 2019 y 2021) y provisiones no deducibles fiscalmente por 3,1 millones.

Paso 1: obtener el detalle y las bases documentales

Pida el cálculo detallado que sustenta los 2,8 millones. Desglose por naturaleza, origen temporal y año esperado de reversión o compensación. Compruebe que las BIN están dentro del plazo de compensación vigente en el IS (actualmente sin plazo temporal, con el límite anual del 70% de la base imponible previa, o 1 millón de euros si es inferior).

Paso 2: evaluar las proyecciones y lo que cambió durante la auditoría

La dirección proyecta ganancias fiscales de 4,2 millones anuales para los próximos cinco ejercicios. Al empezar el trabajo, el plan tenía ingresos crecientes al 6% anual. A mitad de la auditoría, a mediados de enero, la dirección entrega un plan revisado con ingresos crecientes al 8%. ¿Por qué? Porque han perdido un contrato con un cliente alemán en diciembre y el equipo comercial necesita meter crecimiento en clientes nuevos para cuadrar el EBITDA presupuestado del año.

Aquí es donde hay que parar. El cambio en las hipótesis durante el periodo de auditoría es una señal de alarma, no un ajuste neutro. La NIA-ES 540.13 y la NIC 12.56 piden reevaluar. Lo que hago yo en este caso: pedir el plan comercial con los clientes nuevos nombrados, las fechas esperadas de facturación y el histórico de conversión de esa fuerza de ventas en los últimos tres años. Si la conversión histórica ha sido del 40%, no puedo aceptar una proyección que asume el 90%.

Paso 3: cronograma de reversión

Las BIN de 2019-2021 son 8,4 millones de euros. Al 25%, eso genera un ADI de 2,1 millones (más 0,7 millones por provisiones = 2,8 millones totales). Con el límite del 70% y beneficios proyectados de 4,2 millones anuales, el tiempo mínimo de compensación es unos tres a cuatro años. Si los beneficios reales son la mitad, el tiempo se alarga a seis o siete años, pero sigue dentro del plazo (al no haber límite temporal). Hasta aquí, técnicamente recuperable.

Paso 4: evidencia contraria (NIC 12.35)

Industria Mediterránea ha tenido tres años de pérdidas fiscales recientes (2019, 2020, 2021). La norma pide evidencia convincente, no solo razonable. El histórico 2022-2024 muestra recuperación: beneficio de 1,8 millones, 2,4 millones y 3,1 millones respectivamente. Eso ayuda. Pero la pérdida del cliente alemán en diciembre de 2024 introduce una duda nueva sobre 2025.

Lo que documento: la recuperación de 2022-2024 es evidencia positiva sustancial. La pérdida del contrato es evidencia negativa que afecta al año 1 de la proyección, pero no necesariamente a los años 2-5 si la fuerza comercial puede reemplazar el cliente. Pido a la dirección que ajuste la proyección del año 1 a un escenario sin crecimiento (plano respecto a 2024). Con ese ajuste, la recuperabilidad sigue siendo probable, pero el papel dice claramente por qué.

Paso 5: análisis de sensibilidad

Escenario base (plan dirección ajustado): recuperación en 4 años. Escenario bajo (beneficios -30%): recuperación en 6 años, aún dentro del plazo y con BIN sin caducidad. Escenario estrés (beneficios -50% y sin nuevos contratos): recuperación parcial. En este último caso, habría que limitar el reconocimiento del ADI.

Conclusión: El ADI de 2,8 millones es recuperable en el escenario base y en el bajo. El escenario estrés no es probable a la luz de la evidencia histórica reciente, pero se documenta para dejar rastro. La opinión no se modifica. Pero el papel de trabajo ahora tiene chicha, no es un brindis al sol.

El debate entre socios: 3 años o 5 años

Hay una discrepancia razonable y persistente entre auditores experimentados sobre el horizonte de proyección aceptable para ADI. No es teórica. Aparece cada campaña.

Posición A (socio conservador): El horizonte defendible para reconocer ADI sobre BIN con pérdidas recientes es el periodo cubierto por beneficios fiscales ya demostrados, típicamente tres años. Fuera de ese horizonte, la evidencia convincente del 12.35 no se cumple, porque cualquier proyección a más de tres años tiene demasiada incertidumbre operativa y de mercado. Si el cliente quiere reconocer ADI apoyándose en los años 4 y 5, que lo haga cuando esos años sean ya años 1 y 2 con beneficio real.

Posición B (socio de cliente): La norma no limita el horizonte a tres años. La NIC 12.29 pide considerar toda la evidencia disponible, y un plan a cinco años aprobado por el consejo, consistente con los planes usados en otras áreas del cierre (deterioro, pensiones, test de fondo de comercio) es evidencia. Si se rechaza sistemáticamente todo horizonte superior a tres años, se está añadiendo un requisito que la norma no tiene., se penaliza injustamente a sectores con ciclos de inversión largos.

Yo me inclino por la posición A en casos con pérdidas recientes, por el tono del 12.35. "Evidencia convincente" no se cumple con una proyección a cinco años cuando el histórico de cinco años tiene pérdidas. Pero en casos sin pérdidas recientes, donde el 12.35 no se activa, acepto horizontes más largos si la consistencia interna del plan es buena. Los dos socios pueden defender su posición con la norma en la mano. Esto es legítimo.

Por qué las firmas españolas dotan menos de lo que deberían

Hay una razón estructural que explica por qué los ADI pelean más que casi ningún otro apunte contable. Cuando la dirección tiene que dar de baja un ADI, el gasto va directamente a la cuenta de resultados vía "impuesto sobre beneficios diferido". Un ADI deteriorado de 2,8 millones reduce el resultado después de impuestos en 2,8 millones. A diferencia del deterioro de activos no financieros, que tiene partidas que permiten maniobra, el ADI es directo: vale lo que vale, o no vale. Y cuando no vale, el golpe al patrimonio es completo y visible.

De ahí que la dirección luche por el ADI con más intensidad que por casi cualquier otra partida. El auditor que no lo sabe lo descubre en la primera campaña. El que sí lo sabe lo incorpora en su planificación del riesgo.

Lista de verificación

Usar esta lista en la revisión del impuesto diferido, no para marcar la casilla sino para saber qué preguntar.

1. Cálculo completo del ADI y del pasivo por impuesto diferido, con todas las diferencias temporarias significativas identificadas y cuadradas con la base contable y fiscal (NIC 12.15)

2. Tasas fiscales aplicadas comparadas con la legislación vigente, las tasas promulgadas para ejercicios futuros y los regímenes especiales que afecten al cliente (NIC 12.47)

3. Proyecciones de ganancias fiscales para los próximos tres a cinco años, comparadas con el presupuesto aprobado por el consejo, el rendimiento histórico y los planes usados en deterioro y otras áreas del cierre (NIC 12.29)

4. Cronograma de reversión documentado para las principales diferencias temporarias, contrastado con la del negocio (no solo copiado del ejercicio anterior)

5. Evidencia contraria y convincente (NIC 12.35) cuando haya pérdidas recientes: documentar qué evidencia hay a favor y qué evidencia hay en contra. Si solo hay a favor, pregunte más

6. Sensibilidades al menos bajo dos escenarios (base y estresado) para identificar el punto de ruptura de la recuperabilidad

7. Desgloses en memoria conforme a NIC 12.81-88: importes por tipo de diferencia, BIN con su plazo, hipótesis. La NIA-ES 540 y las deficiencias del ICAC se concentran aquí

Errores frecuentes en la documentación

Aceptar el plan del cliente sin contrastarlo. Se incluye el plan firmado por la dirección y se anota "razonable" sin compararlo con presupuestos aprobados, histórico reciente ni planes usados en otras áreas. Si el plan del ADI es más optimista que el plan del deterioro, hay un problema.

Cronograma de reversión copiado del ejercicio anterior. El cronograma tiene que recalcularse. Las diferencias cambian, los tipos cambian, las expectativas cambian. Un cronograma reciclado es un papel flojo.

No documentar la evidencia contraria (NIC 12.35). Si hubo pérdidas recientes y los papeles solo tienen evidencia a favor de la recuperabilidad, el papel no cumple el requisito de evidencia convincente. Esto es la bomba de relojería más común en la revisión del ICAC.

Sensibilidades simbólicas. Un escenario "10% peor" que no cambia la conclusión no es un análisis de sensibilidad. Es marcar la casilla. El análisis útil busca el punto de ruptura.

Contenido relacionado

- Estimaciones contables NIA-ES 540 - Procedimientos específicos para evaluar estimaciones contables con alta incertidumbre - Calculadora de materialidad para auditoría - Para dimensionar el ADI dentro del umbral de materialidad del cierre - Documentación de archivos de auditoría NIA-ES 230 - Estándares de documentación aplicables a áreas complejas como el impuesto diferido

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