Constructora Sostenible Valencia S.A. cotiza en el mercado continuo español, tiene 420 empleados y facturación de 95 millones de euros en 2024. Su actividad principal es construcción de edificios nuevos (código NACE 41.20). Paso 1: elegibilidad La actividad 7.

El marco regulatorio: CSRD y Taxonomía UE

Cronograma de aplicación obligatoria


El Reglamento (UE) 2020/852 (Taxonomía UE) y la Directiva 2022/2464 (CSRD) establecen un sistema de reporte escalonado. Para 2024, las grandes empresas cotizadas que ya reportaban bajo NFRD deben publicar indicadores de elegibilidad y alineación para actividades ambientalmente sostenibles.
Las empresas afectadas son aquellas que superan dos de estos umbrales: 250 empleados, 40 millones de euros de facturación neta o 20 millones de euros en activos. La segunda oleada (empresas grandes no cotizadas) inicia en 2025, y la tercera (PYME cotizadas) en 2026.

Qué debe verificar el auditor


El artículo 8 del Reglamento establece tres indicadores principales de rendimiento (KPI):
Cada KPI requiere desglose por objetivo ambiental: mitigación del cambio climático, adaptación al cambio climático, uso sostenible del agua, transición a una economía circular, prevención de la contaminación y protección de ecosistemas.

  • Facturación: proporción de ingresos ordinarios derivados de actividades económicamente alineadas
  • CapEx: proporción de gastos de capital relacionados con activos o procesos alineados
  • OpEx: proporción de gastos operativos asociados a actividades alineadas

Procedimientos de verificación: elegibilidad vs. alineación

Paso 1: Verificar la elegibilidad de actividades


La elegibilidad es binaria: la actividad económica principal de la empresa aparece listada en los Anexos I o II del Reglamento Delegado (UE) 2021/2139, o no aparece. No hay interpretación subjetiva.
Para cada línea de negocio significativa:
Documentación: mapeo de códigos NACE a líneas de negocio, análisis de ingresos por segmento, validación cruzada con estados financieros auditados.

Paso 2: Evaluación de criterios técnicos de selección


Para actividades elegibles, el cliente debe demostrar cumplimiento de criterios técnicos específicos. Estos criterios son cuantitativos y verificables, no declaraciones de intención.
Para la actividad 4.1 (generación de electricidad mediante energía solar fotovoltaica), los criterios son los siguientes.
Documentación: informes técnicos de terceros independientes, certificaciones de cumplimiento, cálculos internos validados.

Paso 3: Salvaguardas sociales mínimas


El artículo 18 del Reglamento exige que las actividades alineadas cumplan salvaguardas sociales mínimas. Esto incluye procedimientos implementados por la empresa para garantizar alineación con las Líneas Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales y los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre Empresas y Derechos Humanos.
Procedimientos del auditor:
Documentación: políticas aprobadas por el consejo, informes de auditoría interna sobre cumplimiento, registros de formación del personal.
  • Identificar el código NACE correspondiente
  • Localizar la descripción de la actividad en los anexos del Reglamento
  • Verificar que la descripción coincide sustancialmente con la operación real
  • Documentar el porcentaje de facturación atribuible a esa actividad
  • Criterio técnico: emisiones de gases de efecto invernadero del ciclo de vida inferiores a 100 g CO2 e/kWh
  • Evidencia requerida: evaluación del ciclo de vida realizada conforme a ISO 14040/14044
  • Verificación del auditor: revisar cálculos, supuestos y fuentes de los datos de emisión
  • Contraste con benchmarks sectoriales publicados por la Comisión Europea para la actividad evaluada
  • Revisar políticas de derechos humanos y diligencia debida
  • Examinar procesos de identificación y mitigación de impactos negativos
  • Verificar sistemas de reclamación y reparación
  • Evaluar supervisión del cumplimiento por parte del gobierno corporativo

Ejemplo práctico: Constructora Sostenible Valencia S.A.

Constructora Sostenible Valencia S.A. cotiza en el mercado continuo español, tiene 420 empleados y facturación de 95 millones de euros en 2024. Su actividad principal es construcción de edificios nuevos (código NACE 41.20).
Paso 1: elegibilidad
La actividad 7.1 del Anexo I (construcción de edificios nuevos) es elegible si cumple criterios de eficiencia energética. El 85% de los proyectos 2024 corresponde a edificios residenciales, el 15% a naves industriales.
Documentación: análisis de cartera de proyectos, certificados energéticos clase A de cada proyecto, facturas segregadas por tipo de construcción.
Paso 2: criterios técnicos
Para la actividad 7.1, el criterio técnico exige que el consumo de energía primaria sea al menos 10% inferior a los requisitos de edificios de consumo casi nulo (NZEB) según la Directiva 2010/31/UE.
Verificación realizada:
Documentación: dictámenes técnicos independientes por proyecto, hojas de cálculo de consumo energético validadas, certificaciones BREEAM/LEED donde aplique.
Paso 3: KPI calculados
Documentación: reconciliación de KPI con estados financieros, trazabilidad de CapEx y OpEx a categorías de la Taxonomía, revisión analítica de proporciones.
Los KPI reportados son verificables y están respaldados por evidencia técnica suficiente. El sistema de control interno permite rastrear inversiones y gastos relacionados con actividades alineadas.

  • Certificados energéticos de 23 proyectos completados en 2024
  • Cálculos de consumo energético realizados por arquitectos certificados
  • Validación de supuestos de ocupación y condiciones climáticas
  • Comparación con umbrales NZEB actualizados según la normativa española vigente
  • Facturación elegible: 80,75 millones € (85% de 95 millones €)
  • Facturación alineada: 80,75 millones € (todos los proyectos elegibles cumplen criterios técnicos)
  • CapEx alineado: 2,1 millones € en maquinaria de construcción sostenible
  • OpEx alineado: 850.000 € en formación y certificación de personal técnico

Lista de verificación práctica

  • Confirmar que el perímetro de consolidación usado para calcular los KPI coincide con los estados financieros auditados
  • Mapear todas las fuentes de ingresos a códigos NACE y actividades de la Taxonomía UE
  • Obtener evidencia técnica independiente del cumplimiento de criterios de selección para cada actividad alineada
  • Verificar procedimientos de salvaguardas sociales mediante revisión de políticas y controles implementados
  • Reconciliar los denominadores (facturación total, CapEx total, OpEx total) con las cifras de los estados financieros
  • Comprobar la consistencia de definiciones entre KPI y con el ejercicio anterior donde aplique

Errores frecuentes en la verificación

  • Confundir elegibilidad con alineación: El análisis de datos internacionales muestra que muchos equipos marcan actividades como alineadas cuando solo son elegibles, sin verificar criterios técnicos.
  • Aceptar autoevaluaciones del cliente: Los criterios técnicos requieren verificación independiente. Las declaraciones de cumplimiento sin evidencia documental no son suficientes.
  • No segregar adecuadamente CapEx y OpEx: Los gastos deben relacionarse directamente con actividades alineadas. Los costos administrativos generales no califican como OpEx alineado.
  • Omitir la verificación de salvaguardas sociales: El artículo 18 del Reglamento exige cumplimiento de salvaguardas sociales mínimas para toda actividad alineada. Documentar su verificación es obligatorio, no opcional.

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