Tabla de contenidos

- Marco normativo de la NIRF 2410 - Planificación de la revisión intermedia - Procedimientos de revisión requeridos - Ejemplo práctico paso a paso - Lista de verificación práctica - Errores frecuentes en revisiones intermedias - Contenido relacionado

Marco normativo de la NIRF 2410

El primer fallo que se ve al abrir PT de revisiones intermedias es la confusión de objetivo. El equipo ha hecho confirmaciones bancarias, recálculos de provisiones y muestreo de gastos, todo en quince días, y al final el informe se redacta como si fuera una opinión de auditoría con salvedad limitada. No lo es. La NIRF 2410 es otra cosa. Y el ICAC lo nota cuando los PT mezclan papeles de auditoría con la conclusión de seguridad limitada del informe: incoherencia entre lo que se hizo y lo que se concluyó.

Objetivo de la seguridad limitada

Según el párrafo 6 de la NIRF 2410, el objetivo del auditor es obtener seguridad limitada de que no ha llegado a su conocimiento ningún asunto que le haga creer que la información financiera intermedia no ha sido preparada, en todos los aspectos materiales, de acuerdo con el marco de información financiera aplicable.

El párrafo 7 especifica que esta seguridad limitada se expresa en forma negativa en el informe de revisión. En lugar de afirmar que los estados financieros presentan la imagen fiel (como en una auditoría), el auditor declara que no ha llegado a su conocimiento ningún asunto que indique incorrecciones materiales.

Lo que realmente ocurre. Un equipo que ha hecho pruebas sustantivas no ha hecho mal su trabajo: ha hecho otro trabajo. Y el cliente lo va a pagar como si fuera una revisión, porque la propuesta económica se firmó con la NIRF 2410 en mente. El socio necesita el cliente, el equipo saca adelante con lo que hay, y los honorarios de revisión acaban absorbiendo lo que cuesta una auditoría parcial. Aquí no hay zona gris normativa. La zona gris es comercial.

Y aquí es donde aparece la primera contradicción estructural seria. Si el responsable civil del informe responde como auditor (porque la entidad cotizada es Entidad de Interés Público (EIP) y la responsabilidad no es menor por ser revisión), pero los honorarios y el alcance del trabajo son los de una revisión, el incentivo del socio del encargo es comprimir el trabajo hasta donde la norma lo permite. La norma permite mucho menos de lo que el socio cree, y el ICAC permite todavía menos.

Conocimiento del cliente y su entorno

La NIRF 2410.14 requiere que el auditor tenga conocimiento del cliente y su entorno, incluyendo su control interno relacionado con la información financiera. Este conocimiento normalmente se obtiene de la auditoría de las CCAA anteriores.

Cuando el auditor no ha auditado previamente las CCAA más recientes, el párrafo 15 especifica procedimientos adicionales para obtener este conocimiento central. En la práctica, este es el peor escenario para meterse en un encargo NIRF 2410. Si entra como revisor sin haber sido auditor de las CCAA anteriores, el conocimiento del entorno hay que construirlo desde cero, y eso lleva muchas más horas de las que la propuesta económica habrá presupuestado.

Planificación de la revisión intermedia

Materialidad para la revisión

Sobre el papel, la NIRF 2410 no prescribe un método específico para determinar la materialidad. El párrafo 17 indica que el auditor considera la materialidad para la información financiera intermedia tomada como un conjunto. Lo que el párrafo no dice (y lo que aprende uno revisando expedientes) es que arrastrar la materialidad anual sin recalcular es la forma más rápida de que el ICAC, en una eventual inspección, marque que el archivo está flojo y que falta chicha en la documentación de juicio profesional.

En mi caso, aplico el mismo porcentaje de la auditoría anual sobre cifras intermedias, pero anoto explícitamente la prueba de razonabilidad. Si los beneficios semestrales fluctúan respecto al patrón anual, el ingreso ordinario suele ser una referencia más estable. Esa nota de dos líneas es la que evita que la revisión parezca un trámite cuando alguien la abre dos años después.

Evaluación de riesgos

El párrafo 18 requiere que el auditor indague sobre cambios notables en el control interno y otros asuntos que puedan afectar la información financiera intermedia. Esta indagación se centra en:

- Cambios en la composición del negocio - Cambios notables en el control interno - Existencia de incorrecciones no corregidas identificadas durante la auditoría anterior

Lo que realmente ocurre con esta indagación es que se hace de palabra, en quince minutos, mientras el DF está deseando volver a su agenda. Y luego, en los PT, aparece una nota de tres líneas que dice "no hay cambios significativos en el control interno." Eso es marcar la casilla. La indagación útil compara lo que se documentó en el archivo de la auditoría anual contra lo que la dirección dice ahora, y la documenta nombre por nombre.

Procedimientos de revisión requeridos

Procedimientos analíticos

Aquí es donde la mayoría de revisiones se vuelven mecánicas. El equipo construye una hoja con variaciones porcentuales, marca como "explicado" todo lo que el cliente comente verbalmente, y cierra el papel. Eso es marcar la casilla. Los párrafos 21-26 piden algo distinto.

La norma exige comparar la información financiera intermedia actual con la del período comparable anterior, contrastar los importes registrados con expectativas desarrolladas a partir de información no financiera o de presupuestos, y calcular razones financieras relevantes para identificar tendencias inesperadas. Lo importante no es la lista. Es el umbral: cualquier variación que no encaje con la expectativa desarrollada (no la que el cliente desarrolle por usted) exige indagación adicional. Por lo que conozco, los expedientes que mejor resisten una revisión son los que documentan la expectativa antes de ver la cifra real, no después.

Y aquí surge la pregunta de aplicación que más discusión genera entre socios: ¿cuándo una variación analítica obliga a salirse del marco indagación más analítico para entrar en procedimientos sustantivos? Lo trato en la sección de discrepancia profesional más abajo.

Indagaciones específicas

El párrafo 27 establece indagaciones obligatorias a la dirección sobre la aplicación de principios contables, los procedimientos de cierre del período intermedio, los cambios notables en estimaciones contables, la existencia de transacciones inusuales, y los asuntos que hayan llegado a conocimiento de la dirección que puedan afectar la información financiera. Son siete áreas. Si en el archivo no aparecen las siete con respuesta documentada (no "conversaciones generales"), el papel está flojo.

En la práctica, la indagación útil se hace por escrito, idealmente por correo electrónico, y la respuesta del DF se archiva tal cual. Decir que se preguntó verbalmente y que la dirección no señaló nada relevante es la forma más eficiente de que el ICAC marque el archivo como insuficiente. Las indagaciones verbales no son procedimiento, son conversación.

Otros procedimientos

Los párrafos 28-30 requieren procedimientos adicionales cuando el auditor toma conocimiento de asuntos que puedan indicar incorrecciones materiales. Estos pueden incluir:

- Revisión de las actas de juntas del consejo de administración - Lectura de la información financiera intermedia - Consideración de la adecuación de las revelaciones

Ejemplo práctico paso a paso

Caso: Grupo Alimentario Mediterráneo S.A.

Grupo Alimentario Mediterráneo S.A., con sede en Valencia, presenta ingresos anuales de 45 millones de euros. Como empresa cotizada, debe publicar información financiera intermedia revisada cada semestre. Usted auditó las CCAA del ejercicio anterior y ahora debe realizar la revisión del primer semestre de 2024.

Paso 1: Establecer la materialidad para la revisión

Calcule la materialidad basándose en los resultados del primer semestre. Los beneficios antes de impuestos del semestre ascienden a 1,8 millones de euros.

Materialidad = 1,8 millones × 5% = 90.000 euros

Documentación: "Materialidad establecida en 90.000 euros (5% del beneficio antes de impuestos semestral). Porcentaje coherente con la auditoría anual anterior."

Paso 2: Actualizar el conocimiento del cliente

Indague sobre cambios notables desde la auditoría anual: - Nueva línea de productos orgánicos lanzada en marzo - Cambio en el director financiero en abril - Nueva ubicación de almacén en Alicante

Documentación: "Se identificaron tres cambios notables. Evaluado el impacto en los riesgos de incorrección material y procedimientos adicionales necesarios."

Paso 3: Ejecutar procedimientos analíticos

Compare los ingresos del primer semestre (22,5 millones) con: - Mismo período año anterior: 21,2 millones (incremento 6,1%) - Presupuesto semestral: 23,1 millones (diferencia -2,6%)

El incremento del 6,1% es coherente con la expansión de productos orgánicos. La diferencia presupuestal se explica por el retraso en el lanzamiento de marzo a abril.

La complicación. Al cruzar márgenes por línea de producto, la línea orgánica presenta un margen bruto del 18%, frente al 27% que la dirección había proyectado en el presupuesto. La explicación verbal del nuevo DF es que "el escandallo aún no está afinado." La explicación es plausible. Pero la diferencia (9 puntos sobre 4,2 millones de ingresos en línea orgánica) supera la materialidad establecida. Aquí la NIRF 2410.29 obliga a procedimientos adicionales: solicitar el detalle de costes directos por referencia, contrastar precios de compra con facturas de proveedores y revisar la política de imputación de costes indirectos al lanzamiento. No basta con la indagación. Y aquí, dicho sin filtro, está el momento donde la mitad de los expedientes españoles deciden quedarse en la indagación verbal y rezar para que no haya restablecimiento posterior. El ICAC conoce este patrón.

Documentación: "Variación de margen orgánico investigada mediante recálculo de escandallo sobre muestra de 12 referencias. Diferencia explicada por imputación íntegra de coste de lanzamiento al primer semestre. Política contable razonable bajo PGC. Sin ajuste propuesto."

Paso 4: Realizar indagaciones específicas

Indague sobre cambios en políticas contables (ninguno), nuevas estimaciones contables (revisión de vida útil del almacén de Alicante) y contingencias (ninguna nueva).

Documentación: "No se identificaron cambios en principios contables. Nueva estimación de vida útil documentada y razonable según avalúo técnico."

Paso 5: Revisar revelaciones y presentación

Verifique que las notas explicativas incluyan: - Descripción de cambios notables desde el cierre anual - Actualización de contingencias - Eventos posteriores hasta la fecha de revisión

Documentación: "Revelaciones adecuadas según NIRF 2410.30. Se requirió inclusión de nota sobre nueva ubicación de almacén."

Los procedimientos ejecutados, incluida la extensión sustantiva sobre el margen orgánico, proporcionan seguridad limitada de que la información financiera intermedia está libre de incorrecciones materiales. El informe de revisión puede emitirse sin salvedades.

Lista de verificación práctica

1. Confirme el encargo específico. Verifique que se trata de una revisión según NIRF 2410, no una auditoría limitada o compilación. Si la propuesta dice "revisión" pero el cliente espera nivel de auditoría, eso se aclara antes de empezar, no en el informe.

2. Actualice el conocimiento del cliente. Indague específicamente sobre cambios desde la última auditoría anual conforme al párrafo 18, y archive la respuesta por escrito.

3. Calcule la materialidad intermedia. Use criterios coherentes con la auditoría anual pero aplicados a las cifras del período intermedio, y documente la prueba de razonabilidad.

4. Ejecute los procedimientos analíticos requeridos. Comparaciones temporales, comparaciones con expectativas, análisis de razones y, donde la actividad lo justifique, análisis por segmento o línea de producto (párrafos 21-26).

5. Documente las indagaciones obligatorias. Las siete áreas específicas del párrafo 27 deben estar documentadas explícitamente, con respuesta por escrito de la dirección.

6. Revise la presentación y revelación. Verifique que las notas explicativas cumplan los requisitos del marco aplicable según el párrafo 30.

Donde discrepan los profesionales

No todo el mundo aplica igual la NIRF 2410.29 cuando un procedimiento analítico revela una variación inesperada. El Socio A sostiene que indagar a la dirección y obtener una explicación coherente cierra la cuestión: la norma habla de seguridad limitada, no de evidencia corroborativa, y extender los procedimientos convierte la revisión en auditoría parcial sin honorarios. El Socio B responde que cuando la variación supera la materialidad, la indagación verbal no es procedimiento suficiente; el párrafo 29 obliga a "extender los procedimientos" y eso significa, en su lectura, contraste documental. Ambas posiciones tienen apoyo en la norma.

Mi opinión, por lo que he visto en los encargos que he llevado: el Socio B tiene razón cuando la variación supera materialidad porque el párrafo 29 no admite una lectura literal restrictiva. La revisión genera un informe firmado con consecuencias civiles, y un informe firmado sobre una variación material no investigada es indefendible ante el ICAC. La razón estructural por la que esto no se resuelve de manera uniforme tiene poco que ver con la técnica. Depende de si el revisor de calidad del encargo (EQR) del despacho ha visto últimamente alguna sanción del ICAC sobre revisiones intermedias. Cuando la ha visto, todo el despacho se vuelve Socio B durante seis meses. Después, el péndulo vuelve a Socio A hasta el siguiente expediente. Esa oscilación, no la norma, es lo que predice qué calidad tendrá la revisión que firme su despacho este julio.

Y aquí va la observación incómoda. La NIRF 2410 es el encargo donde el ICAC encuentra papeles flojos con más frecuencia, y no es porque los auditores españoles sepan menos de revisiones que de auditorías. Es porque la estructura del encargo (mitad de honorarios, calendario semestral comprimido, EIP que cotiza, responsabilidad civil de auditoría) crea el incentivo perverso perfecto para marcar la casilla con indagaciones verbales y esperar que ningún restablecimiento posterior obligue a abrir el archivo. Cuando la dirección reformula posteriormente y el archivo se abre, lo que aparece dentro suele ser indefendible.

Errores frecuentes en revisiones intermedias

- Aplicar procedimientos de auditoría completa. La revisión requiere procedimientos analíticos e indagaciones, no evidencia sustantiva sistemática. Datos internacionales del IAASB muestran que este error ocurre cuando los auditores no comprenden la diferencia central entre seguridad limitada y razonable.

- Omitir indagaciones específicas requeridas. El párrafo 27 establece siete áreas obligatorias de indagación que deben documentarse explícitamente, no como parte de conversaciones generales con el DF.

- Usar la materialidad anual sin ajuste. La materialidad debe calcularse específicamente para el período intermedio, considerando la naturaleza y los importes de las cifras intermedias.

- Quedarse en la indagación verbal cuando la analítica detecta una variación material. El párrafo 29 obliga a extender procedimientos. Marcar la casilla con la respuesta del DF es exactamente lo que el ICAC busca y encuentra.

Contenido relacionado

- Calculadora de materialidad: Herramienta para calcular materialidad apropiada para revisiones intermedias con referencias específicas a NIRF 2410.

- Glosario: Seguridad limitada: Definición completa del concepto central en encargos de revisión y sus implicaciones prácticas.

- Guía NIRF 2400: Encargos de revisión: Marco general de encargos de revisión que complementa los procedimientos específicos de información financiera intermedia.

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