La NIIF 5.7 establece cinco criterios que deben cumplirse simultáneamente para clasificar un activo como mantenido para la venta. No basta que la dirección "tenga intención" de vender. La norma exige condiciones objetivas verificables.

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Criterios de clasificación: los cinco requisitos técnicos {#criterios-de-clasificación}

La NIIF 5.7 establece cinco criterios que deben cumplirse simultáneamente para clasificar un activo como mantenido para la venta. No basta que la dirección "tenga intención" de vender. La norma exige condiciones objetivas verificables.

Criterio 1: Disponibilidad inmediata


El activo debe estar disponible para venta inmediata en su estado actual. La NIIF 5.B2 aclara que esto significa que solo serán necesarios los trámites habituales para ventas de ese tipo de activos. Si el cliente necesita obtener permisos especiales, realizar reparaciones significativas o completar construcción, el activo no cumple este criterio.
Procedimiento de auditoría: Revisar actas del consejo de administración, contratos pendientes de finalización, y permisos requeridos. Cualquier condición previa sustancial impide la clasificación.

Criterio 2: Venta probable


La venta debe ser probable, definida en NIIF 5.A como considerablemente más probable que no ocurra. Los indicadores incluyen un plan formal aprobado por la dirección, la búsqueda activa de compradores, y un precio razonable en relación al valor razonable.
La norma NIIF 5.9 exige que la venta se complete dentro de un año desde la clasificación inicial. Las excepciones del párrafo B1 son limitadas y requieren documentación específica.

Criterios 3-5: Compromiso, mercadeo activo y cambios improbables


El tercer criterio requiere un compromiso formal de la dirección con un plan para vender. El cuarto exige que se haya iniciado un programa activo para localizar compradores. El quinto establece que sean improbables cambios notables al plan o su retirada.

Valoración inicial y medición posterior {#valoración-y-medición}

Una vez clasificado correctamente, el activo se mide según NIIF 5.15: al menor entre su importe en libros y su valor razonable menos costes de venta. Este es el momento crítico donde surgen la mayoría de errores de aplicación.

Valor razonable menos costes de venta


Los costes de venta incluyen gastos legales, timbres y otros costes de transacción directamente atribuibles, pero excluyen gastos financieros y impuestos sobre beneficios (NIIF 5.B1). es necesario obtener tasaciones recientes o evidencia de mercado comparable.
La jerarquía de valor razonable de NIIF 13 se aplica integralmente. Los precios cotizados en mercados activos son preferibles cuando existen. Para activos inmobiliarios, las tasaciones deben tener menos de seis meses de antigüedad salvo que se demuestre que no han ocurrido cambios notables.

Excepciones de medición


NIIF 5.18 establece excepciones importantes. Los activos cubiertos por otras normas en su medición (instrumentos financieros según NIIF 9, propiedades de inversión según NIC 40) mantienen sus bases de medición originales. Esta excepción genera confusión frecuente en grupos con carteras diversas.

Suspensión de amortización


NIIF 5.25 prohíbe la amortización de activos clasificados como mantenidos para la venta. Sin embargo, estos activos siguen sujetos a pruebas de deterioro según NIIF 5.26. La suspensión de amortización no implica suspensión del análisis de deterioro.

Ejemplo práctico: Constructora Mediterránea S.L. {#ejemplo-constructora}

Entidad: Constructora Mediterránea S.L., Valencia
Actividad: Desarrollo inmobiliario residencial
Año fiscal: 31 de diciembre de 2024
Situación: Clasificación de parcela como mantenida para la venta

Contexto del encargo


Constructora Mediterránea posee una parcela industrial en Sagunto adquirida en 2018 por 2,4 millones de euros. En octubre de 2024, el consejo aprobó su venta debido a un cambio en la estrategia corporativa hacia proyectos residenciales urbanos.
Paso 1. Verificar el acuerdo del consejo de administración del 15 de octubre
Documentación: Copia del acta donde consta la aprobación unánime de venta, el precio mínimo establecido (2,8 millones) y el plazo máximo (marzo 2025).
Paso 2. Evaluar la tasación independiente obtenida en septiembre 2024
Documentación: Informe de RICS Valuer que establece valor de mercado en 3,1 millones de euros. Metodología: comparables recientes en la zona industrial de Sagunto.
Paso 3. Verificar el inicio del proceso de comercialización
Documentación: Contrato con agencia inmobiliaria del 22 de octubre, publicación en portales especializados, y primera visita programada para noviembre.
Paso 4. Calcular la medición según NIIF 5.15
Documentación: La parcela se mantiene a 2,4 millones (menor importe). No hay ajuste por deterioro necesario.
Paso 5. Revisar la presentación en balance
Documentación: Reclasificación de "Terrenos" a "Activos no corrientes mantenidos para la venta" por 2,4 millones en el balance a 31 de diciembre.
Conclusión: La clasificación cumple los cinco criterios de NIIF 5.7, la medición es correcta según el párrafo 15, y la presentación sigue los requisitos del párrafo 38. Un revisor encontraría documentación suficiente y apropiada según NIA-ES 500.

  • Importe en libros: 2,4 millones (coste menos depreciación acumulada)
  • Valor razonable: 3,1 millones (tasación independiente)
  • Costes de venta estimados: 85.000 euros (honorarios legales y comisiones)
  • Valor razonable menos costes de venta: 3,015 millones

Lista de verificación para papeles de trabajo {#lista-verificación}

  • Evaluar integralmente los cinco criterios de NIIF 5.7: Obtener evidencia documental para cada criterio. La ausencia de uno invalida la clasificación completa.
  • Verificar la medición al menor importe según NIIF 5.15: Comparar importe en libros contra valor razonable menos costes de venta. Documentar la fuente del valor razonable.
  • Confirmar la suspensión de amortización desde la fecha de clasificación: Verificar que el cálculo de amortización se detuvo correctamente según NIIF 5.25.
  • Revisar las revelaciones obligatorias según NIIF 5.41: Descripción del activo, circunstancias de la venta, y segmento de reporte al que pertenece.
  • Evaluar eventos posteriores hasta la fecha del informe: Cambios en planes de venta o condiciones de mercado pueden afectar la clasificación según NIIF 5.28.
  • Lo más importante: Si la venta no se completa dentro del año siguiente, la reclasificación a su categoría original es obligatoria según NIIF 5.27, con reversión de la suspensión de amortización.

Errores frecuentes según inspecciones internacionales {#errores-frecuentes}

  • Clasificación prematura sin cumplir los cinco criterios: Las inspecciones del PCAOB 2023 encontraron que el 34% de las deficiencias relacionadas con IFRS 5 correspondían a clasificaciones donde el criterio de "probable" no estaba adecuadamente soportado.
  • Valoración incorrecta por exclusión de costes de venta: Usar directamente la tasación como valor de medición sin descontar los costes directos atribuibles a la transacción.
  • Presentación incorrecta de subsidiarias clasificadas como mantenidas para la venta: Consolidar por el método de la participación en lugar de aplicar la medición de NIIF 5 al grupo de activos para su disposición.
  • Amortización no suspendida desde la fecha correcta de clasificación: La NIIF 5.25 exige la suspensión desde la fecha en que se cumplen los cinco criterios, no desde el cierre del ejercicio; en la práctica, algunos equipos permiten que el cliente continúe amortizando durante el último trimestre del año cuando la clasificación ocurrió en octubre o noviembre, lo que resulta en un gasto sobrevalorado que requiere ajuste.

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