Calculadora de Provisiones: Seguros | ciferi
Las entidades aseguradoras reconocen provisiones técnicas bajo la NIIF 17 Contratos de Seguros (que sustituyó a la NIIF 4 a partir del 1 de enero de...
Descripción general
Las entidades aseguradoras reconocen provisiones técnicas bajo la NIIF 17 Contratos de Seguros (que sustituyó a la NIIF 4 a partir del 1 de enero de 2023), mientras que las empresas que mantienen carteras de seguros de responsabilidad civil, cobertura de riesgos de crédito o garantías financieras pueden tener provisiones bajo la NIC 37 Provisiones, pasivos contingentes y activos contingentes. La línea entre ambas normas importa: un grupo de seguros debe aplicar NIIF 17 a sus contratos técnicos de seguros, pero NIIF 4 se sigue aplicando a ciertos contratos de seguros de inversión. Las entidades no aseguradoras que mantienen carteras de seguros (por ejemplo, una constructora con pólizas de responsabilidad civil profesional) aplican NIC 37 a esas obligaciones.
La auditoría de las provisiones técnicas bajo NIIF 17 requiere un nivel de especialización distinto del requerido para NIC 37. NIIF 17 introduce la medición del saldo actualizado de los pasivos de seguros (liability for incurred claims, LIC) y el saldo actualizado de la cartera de contratos adquirida (contractual service margin, CSM), conceptos sin precedente en la norma anterior. Los auditores deben verificar los modelos actuariales, los supuestos de tipos de descuento, las tasas de lapsación y los patrones de coste esperado. El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) ha señalado en sus comunicados de mejores prácticas que la transición a NIIF 17 ha presentado dificultades significativos en la calidad de la información financiera, particularmente en la divulgación de supuestos principal y en la validación de los componentes del pasivo de seguros.
Esta calculadora aborda las provisiones técnicas bajo NIIF 17 y las provisiones de responsabilidad civil o garantía financiera bajo NIC 37. Permite introducir los componentes de la medición del pasivo de seguros (LIC, CSM, ajustes por cambios en supuestos), aplicar los tipos de descuento correctos y generar un resumen de auditoría que se integre en los papeles de trabajo de NIC 37 o NIIF 17 según corresponda.
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Contexto normativo en España
La NIIF 17 se adoptó en la Unión Europea el 19 de noviembre de 2021 y es de aplicación obligatoria a partir del 1 de enero de 2023 para todas las entidades que emiten contratos de seguros. Las entidades cotizadas en bolsa de valores española han sido las primeras en aplicar la norma en sus cuentas consolidadas del ejercicio 2023. Las entidades de seguros no cotizadas tienen un período de transición donde pueden seguir aplicando NIIF 4 hasta el 1 de enero de 2025 (la prórroga fue concedida a nivel de la UE).
En paralelo, la NIC 37 sigue siendo de aplicación obligatoria para:
El ICAC ha publicado orientación técnica en 2023 y 2024 sobre la aplicación de ambas normas. La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), que supervisa las entidades cotizadas españolas, ha emitido una comunicación técnica en la que enfatiza que la presentación de la información financiera bajo NIIF 17 debe incluir divulgaciones de los supuestos actuariales y de descuento, así como análisis de sensibilidad sobre cambios en los supuestos.
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- Provisiones técnicas de seguros de responsabilidad civil y de crédito en entidades que no son aseguradoras autorizadas
- Provisiones por litigios pendientes relacionados con reclamaciones de seguros
- Provisiones de garantía financiera en entidades de crédito