Definition
Cualquier auditor español que firme una stichting holandesa por primera vez descubre la misma trampa: el cálculo del umbral se hace con datos del ejercicio ANTERIOR, no del actual. Y la fundación lo sabe.
Cómo funciona el régimen dual
Lo primero que falla en encargos transfronterizos es leer la Wta como si fuera la Ley de Auditoría española. No lo es. La Wta artículo 1 obliga a verificar el cálculo del umbral; en la práctica, el auditor copia el cuadro del ejercicio anterior sin re-verificar las cifras de FTE, y ahí es donde aparece el hallazgo.
El umbral se evalúa con cierre del ejercicio inmediatamente anterior al año de presentación. Si la fundación supera dos de los siguientes criterios durante dos ejercicios consecutivos, la auditoría es obligatoria:
- Activos totales superiores a 6 millones de euros. - Ingresos netos superiores a 12 millones de euros. - Personal equivalente a tiempo completo (FTE) igual o mayor a 50.
Conforme a la Wta artículo 1, el auditor verifica el cálculo y, si la fundación queda por debajo, documenta la base de la exención. Suena obvio. No lo es. La auditoría, cuando aplica, se efectúa bajo NV COS, que es la adopción holandesa de NIA con adiciones específicas para gobierno corporativo (Ley CG 2008 párrafos 1:8 a 1:10).
Aquí está la trampa estructural. La fundación holandesa busca minimizar carga regulatoria. El régimen Wta más CG 2008 mete dos auditorías en lugares distintos. Eso es lo que el cliente español no espera y lo que se traduce en presupuestos infraestimados sistemáticamente.
La auditoría de cumplimiento de gobierno corporativo aplica a fundaciones de tamaño medio independientemente de si la auditoría del marco contable es obligatoria. Una fundación pequeña exenta de auditoría contable puede quedar sujeta a auditoría de gobernanza si cruza otros criterios de tamaño o sectoriales. La Ley CG 2008 párrafo 1:8 lo expresa con claridad; en mi caso, la mitad de los socios senior con los que he hablado lo descubre en el segundo ejercicio.
Ejemplo: Fundación Médica Hispánica
Entidad: Fundación Médica Hispánica, Bilbao, sin fines de lucro, investigación médica. Cierre fiscal: 31 de diciembre de 2024.
Paso 1. Cálculo de umbrales.
El auditor toma los estados financieros del ejercicio 2023:
- Activos totales: 4,2 millones de euros. - Ingresos netos por donaciones y subvenciones: 8,5 millones de euros. - Personal FTE: 18 empleados.
Sobre el papel, no se cumple ninguno de los tres umbrales. Auditoría no obligatoria para 2024. Documentado en PT-100 (Evaluación de Obligación de Auditoría).
Paso 2. La complicación.
Aquí es donde el caso se complica. Al revisar la base de cálculo del FTE 2023, aparece que la fundación excluyó a los investigadores con contrato de 0,6 jornada porque el departamento de RRHH los contabilizaba como "colaboradores externos". En 2024, la junta reclasificó esa figura: cinco investigadores pasan a contar como FTE. La cifra real de 2023 recalculada se acerca a 23 FTE, todavía bajo el umbral de 50, pero la trayectoria importa.
Y hay un segundo hilo. Una donación recurrente de un único donante representa el 38% de los ingresos. ¿Eso convierte al donante en algo parecido a un "miembro controlador" bajo gobernanza holandesa? La Ley CG 2008 párrafo 1:10 obliga al auditor a evaluar la independencia del órgano de administración respecto a financiadores dominantes. No es una prueba aritmética. Es juicio profesional.
Paso 3. Resolución.
Auditoría contable: no obligatoria para 2024 con las cifras reportadas, incluso recalculadas. Comunicación a la junta: si la trayectoria de FTE y el peso del donante único se mantienen, en 2025 la situación cambia en al menos dos vectores. Documentar el análisis en PT-150 (Matriz de Requisitos Regulatorios) con referencia a CG 2008 párrafo 1:10.
Conclusión limpia no hay. Hay una conclusión razonable y dos alertas formales por escrito a la junta directiva. Imagine que llega la NBA en 2026 sin ese papel: le pueden abrir expediente al firmante por documentación insuficiente, no por error técnico.
Qué revisores y profesionales entienden mal
- Confundir exención contable con exención de gobernanza. La Wta exime fundaciones pequeñas de auditoría financiera. La Ley CG 2008 puede imponer requisitos separados de auditoría de gobierno. Muchas fundaciones medianas se sorprenden al descubrir esta dualidad durante inspecciones de la NBA. Verificar ambos marcos no es opcional.
- Usar datos del año en curso para calcular umbrales. El cálculo se basa en el ejercicio que cierra inmediatamente antes del año bajo revisión. NV COS 1:1 exige precisión cronológica en este punto. El error es banal y aparece en los papeles de trabajo de firmas medianas con frecuencia incómoda.
- Marcar la casilla en lugar de documentar. Una fundación claramente pequeña no requiere auditoría, pero el auditor debe generar un papel de trabajo con datos de umbral, cálculo y referencia a la Wta. Sin ese papel, una inspección posterior cuestiona si hubo análisis. A nadie le entusiasma documentar la exención de una fundación pequeña, pero saltárselo es como acaban los expedientes con observación de la NBA.
- Discrepancia legítima sobre el FTE de medio tiempo. Aquí los socios no se ponen de acuerdo. Por lo que conozco, dos posiciones razonables conviven. Un socio cuenta cada contrato de 0,6 como 0,6 FTE puro y suma decimales hasta llegar al criterio Wta. Otro argumenta que el cómputo holandés histórico aceptaba redondeo al alza para investigación médica con financiación pública, y cita prácticas de firmas big four en La Haya. Yo me inclino por el cálculo decimal porque la NBA en sus inspecciones de 2023 sancionó dos firmas que aplicaron redondeo al alza sin documentación. Pero la otra postura tiene base si se documenta. El manual dice una cosa, la práctica otra.
La paradoja de fondo
La paradoja de la stichting es estructural: la entidad sin propietarios fue diseñada para flexibilidad, pero su régimen de auditoría es más estricto en gobernanza que el de una BV equivalente. Eso explica por qué los abogados holandeses la siguen recomendando para holdings familiares: los costes de auditoría se compensan con la ausencia de obligaciones de reparto.
Para el auditor español que recibe el encargo, la lección práctica es una. La pista del marco contable se ve. La pista de gobernanza no. Y el cliente, casi siempre, paga sólo la primera en el presupuesto inicial.
Términos relacionados
- Auditoría de gobiernos de empresa: la evaluación separada de cumplimiento con Ley CG 2008 en fundaciones por encima de ciertos umbrales. - Exención de auditoría por tamaño: marco más amplio de exenciones basadas en umbrales financieros en la UE. - NV COS: Normas de Auditoría Holandesas, la adopción nacional de NIA en Países Bajos. - Ley de Vigilancia de Contabilidad (Wta): marco legal holandés que rige auditoría obligatoria y requisitos contables. - Stichting: definición y características de una fundación holandesa como entidad legal. - Auditoría de cumplimiento normativo: procedimientos de auditoría para verificar conformidad regulatoria más allá de los estados financieros.
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