Calculadora de Arrendamientos: Sector Minorista | ciferi
La NIIF 16 Arrendamientos (efectiva para períodos anuales que comienzan el 1 de enero de 2019) exige que los arrendatarios reconozcan prácticamente...
Navegue el modelo de reconocimiento de arrendamientos bajo la NIIF 16 con orientación específica para entidades del sector minorista en El Salvador
La NIIF 16 Arrendamientos (efectiva para períodos anuales que comienzan el 1 de enero de 2019) exige que los arrendatarios reconozcan prácticamente todos los arrendamientos como activos por derecho de uso en el estado de situación financiera, junto con pasivos de arrendamiento correspondientes. Para las entidades minoristas de El Salvador, esta cambio requiere identificar cada acuerdo de arrendamiento operativo existente, evaluar si cumple la definición de arrendamiento bajo la NIIF 16 (párrafos 9-10), medir correctamente el activo por derecho de uso y el pasivo de arrendamiento, y mantener documentación de auditoría detallada de los cálculos de descuento.
La NIIF 16 aplica sin modificaciones en El Salvador para entidades que preparen estados financieros consolidados bajo NIIF. El Consejo de Vigilancia de la Profesión de Contaduría Pública y Auditoría (CVPCPA) supervisa la aplicación de NIIF en auditorías de entidades del sector financiero reguladas por la Superintendencia del Sistema Financiero (SSF), y espera que los auditores evalúen independientemente la completitud de la identificación de arrendamientos, la razonabilidad de los supuestos de descuento, y la adecuación de las revelaciones requeridas por la NIIF 16 párrafos 45-60.
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Por qué los arrendamientos minoristas presentan complejidad bajo la NIIF 16
Las entidades minoristas operan bajo múltiples acuerdos de arrendamiento: locales comerciales (con frecuencia a largo plazo, 5-10 años), equipos de punto de venta, sistemas de refrigeración especializada, y ocasionalmente acuerdos combinados que incluyen tanto el local como los servicios de mantenimiento. La NIIF 16 requiere que el arrendatario:
Para un auditor en El Salvador, la calidad de la evidencia de auditoría depende de acceso a: (a) copias completas de todos los contratos de arrendamiento, incluidas cartas de modificación y acuerdos de prórroga; (b) un registro de control de arrendamientos que documente la TIDR, la vida del arrendamiento, los pagos contractuales, y la clasificación de componentes; (c) cálculos de activos por derecho de uso y pasivos de arrendamiento por cada acuerdo, con referencia al párrafo de la NIIF 16 que se aplica a cada estimación clave.
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- Identifique separadamente el componente de arrendamiento del componente de servicio (NIIF 16.17-18)
- Mida la tasa de descuento incremental del arrendatario (TIDR) para cada arrendamiento basándose en la tasa que el arrendatario tendría que pagar para pedir prestado recursos por un plazo similar, con garantía similar (NIIF 16.26)
- Contabilice los cambios en la estimación de los pagos de arrendamiento variables (por ejemplo, arrendamientos basados en porcentaje de ventas) y evalúe si deben reconocerse en el período actual o prospectivamente (NIIF 16.38-42)
- Mantenga documentación clara de cómo se calculó la TIDR, cómo se separaron los componentes de arrendamiento de los de servicio, y cómo se trataron las modificaciones o prórrogas de arrendamientos
Estructura de esta calculadora
Esta herramienta le acompaña a través de la secuencia de decisiones principal que un auditor debe validar al auditar arrendamientos de una entidad minorista:
La calculadora proporciona ejemplos prácticos con números reales de entidades minoristas de El Salvador, documentación de auditoría en cursiva que muestra dónde buscar evidencia, y referencias a párrafos específicos de la NIIF 16 en cada paso.
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- Identificación del arrendamiento: ¿Es este acuerdo un arrendamiento bajo la NIIF 16.9?
- Separación de componentes: ¿Cuáles son los pagos atribuibles al arrendamiento versus servicios no arrendamiento?
- Cálculo de la TIDR: ¿Cuál es la tasa de descuento incremental del arrendatario aplicable?
- Medición inicial: ¿Cómo se calcula correctamente el activo por derecho de uso y el pasivo de arrendamiento?
- Tratamiento de modificaciones: ¿Cómo se contabilizan los cambios en arrendamientos existentes bajo la NIIF 16.36-42?
- Arrendamientos de corta duración y bajo valor: ¿Qué acuerdos califican para las exenciones de la NIIF 16.5-6?
Identificación del arrendamiento: ¿Cumple la definición de la NIIF 16.9?
NIIF 16.9 (definición): Un arrendamiento es un contrato o parte de un contrato que transmite el derecho a usar un activo identificado durante un período de tiempo a cambio de contraprestación. Evalúe cada uno de los cinco componentes:
1. ¿El contrato transmite el derecho a usar un activo identificado?
Un activo es identificado si:
El arrendatario tiene derecho a usar el activo si controla su identificación, pueda decidir cómo usarlo y obtiene sustancialmente todos los beneficios económicos de su uso durante el período de arrendamiento (NIIF 16.9).
Pregunta de auditoría: ¿Es el activo específico, o es el arrendador libre de sustituirlo? Si el arrendador tiene derecho de sustitución irrestricto (es decir, práctico), entonces el activo no está identificado y no existe arrendamiento bajo la NIIF 16 (ver NIIF 16.B15-B21).
Documentación: Copie la descripción técnica del activo del contrato de arrendamiento. Verifique que mencione: ubicación específica, número de propiedad catastral, o identificador único del equipo. Registre cualquier derecho de sustitución que tenga el arrendador y evaluate si es práctico (requiere costo o inconveniente significativo).
2. ¿Controla el cliente substantivamente el derecho de uso?
El cliente (arrendatario) tiene derecho de control si:
Pregunta de auditoría: ¿Existen restricciones contractuales que fragmenten el control? Por ejemplo: ¿el arrendador mantiene el derecho de acceso? ¿Hay restricciones de uso que impidan que el arrendatario cambie cómo usa el activo? ¿El arrendador controla operativamente el activo (por ejemplo, un sistema de calefacción de un centro comercial donde el arrendador fija la temperatura)?
Documentación: Revise las restricciones de uso mencionadas en el contrato de arrendamiento. Para un local minorista, verifique si el inquilino puede adaptar el local (anuncios, displays, modificaciones estructurales) o si está limitado. Registre si hay servicios compartidos (calefacción, aire acondicionado central, seguridad) que el arrendador suministra y controla.
3. ¿Existe un período de arrendamiento identificable?
El período incluye:
Pregunta de auditoría: ¿Es el contrato cancelable antes del término nominal? Si sí, ¿cuáles serían los costos de cancelación anticipada? Bajo la NIIF 16, el período de arrendamiento es el término no cancelable más cualquier opción de prórroga que sea razonablemente cierta de ser ejercida. No asuma que cualquier opción de prórroga será ejercida. esta es una estimación que requiere evidencia.
Documentación: Anote el término contractual del arrendamiento. Busque cláusulas de prórroga opcionales. Documente por qué el arrendatario es "razonablemente seguro" de ejercer la prórroga, si corresponde: por ejemplo, ¿qué costos incurriría si no renueva? ¿Existen activos fijos en el local que no se pueden reubicar económicamente? ¿Es el local crítico para la estrategia de ubicación minorista del arrendatario?
4. ¿Se ha intercambiado contraprestación identificable?
La contraprestación debe ser cuantificable. Puede incluir:
Pregunta de auditoría: ¿Son los pagos de arrendamiento variables tan inciertos que no se puede medir la contraprestación? En tales casos, se puede cuestionar si existe un contrato de arrendamiento cuantificable.
Documentación: Anote los términos de pago: cantidad de pago mensual o trimestral, cualquier escala de aumentos contractuales, cualquier componente variable, fecha de vencimiento de pago. Identifique separadamente cualquier componente de servicio que no sea arrendamiento que se pague bajo el mismo contrato.
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- Es especificado explícitamente en el contrato (por ejemplo, "la propiedad ubicada en Centro Comercial San Salvador, San Salvador, lote 45")
- O, en caso de un activo que forma parte de un grupo más grande de activos, el activo es sustancialmente determinado por el desempeño contractual (por ejemplo, "línea de procesamiento de punto de venta #3 en la tienda de la calle Rubén Darío")
- Decide cómo y para qué propósito usar el activo durante el período de arrendamiento
- Obtiene substantialmente todos los beneficios económicos del uso del activo
- Puede prevenir que otros obtengan beneficios del activo (NIIF 16.9)
- El período no cancelable de arrendamiento (incluyendo períodos para los cuales existe una opción de prórroga que el arrendatario está razonablemente seguro de ejercer) (NIIF 16.B32-B35)
- Períodos de prórroga adicionales si el arrendatario tiene una opción de compra prácticamente segura de ejercer
- Pagos de arrendamiento fijos
- Pagos de arrendamiento variables (por ejemplo, porcentaje de ventas minoristas)
- Pagos por servicios no arrendamiento si están integrados en el contrato
- Pago de pasivos existentes del arrendador si el arrendatario los asume
Separación de componentes de arrendamiento versus servicios
NIIF 16.17-18: Para simplificar, el arrendatario puede elegir no separar componentes de no arrendamiento de los componentes de arrendamiento. Sin embargo, esto requiere tratar todo el contrato como un arrendamiento, lo que típicamente sobrepesa el activo por derecho de uso (debido a la inclusión de costos de servicio en la base de medición inicial).
La práctica internacional (y las expectativas de la auditoría) es separar explícitamente. Para una entidad minorista, esto significa:
Identificar el componente de arrendamiento: Pagos atribuibles al derecho de usar la propiedad arrendada.
Identificar componentes de no arrendamiento: Pagos por servicios como mantenimiento, seguros, limpiezas comunes, aire acondicionado centralizado.
Metodología de separación:
Ejemplo práctico: Comercial Las Américas S.A. de C.V. (San Salvador) arrienda 500 metros cuadrados de espacio minorista en un centro comercial a $8,000 mensuales (USD). El contrato establece que $7,200 son por el espacio arrendado y $800 son por mantenimiento de área común, servicios de seguridad y aire acondicionado centralizado.
Auditoría: Obtenga el contrato de arrendamiento. Verifique que los términos separen explícitamente los componentes ($7,200 para arrendamiento; $800 para servicios). Si el contrato no separa, solicite presupuestos de mercado de proveedores de servicios de limpieza, seguridad y mantenimiento de HVAC para estimar el componente de servicio. Registre la fuente de la estimación de servicio. Asigne $7,200 al pasivo de arrendamiento inicial; $800 se gasta mensualmente como gasto operativo.
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- Si los pagos de servicio son especificados separadamente en el contrato, use esos montos.
- Si no están especificados, estime la contraprestación del servicio no arrendamiento usando el precio observable de mercado para servicios comparables en la misma ubicación geográfica.
Cálculo de la tasa de descuento incremental del arrendatario (TIDR)
NIIF 16.26: Si la tasa de interés implícita en el arrendamiento no se puede determinar fácilmente, el arrendatario usa su tasa de descuento incremental. Esta es la tasa que el arrendatario tendría que pagar para pedir prestado recursos (es decir, comprar a crédito) por un término similar, con garantía similar a la del arrendamiento.
Determinación de la TIDR: Enfoque de tres capas
Capa 1: Tasa de referencias (base): la tasa sin riesgo de crédito apropiada para El Salvador en la misma moneda que los pagos de arrendamiento (USD).
Capa 2: Spread de crédito: ajuste por la probabilidad de incumplimiento de crédito del arrendatario específico.
Capa 3: Ajuste por colateral: si el arrendador tiene seguridad sobre el activo arrendado (lo cual es típico para arrendamientos de bienes raíces), la garantía reduce el riesgo del prestamista y puede justificar un spread más bajo.
Ejemplo de cálculo de TIDR
Supuesto: Comercial Las Américas S.A. de C.V. negocia un arrendamiento de 5 años en San Salvador. No tiene calificación crediticia formal.
Auditoría: Obtenga la determinación de la TIDR del arrendatario. Solicite la documentación de cómo fue calculada. Verifique: (a) que se identificó correctamente una tasa de referencia apropiada y contemporánea; (b) que el spread de crédito refleja el perfil de riesgo real de la entidad (no es ni excesivamente conservador ni demasiado optimista); (c) que cualquier ajuste por colateral está documentado. Compare la TIDR contra tasas de mercado observable para préstamos a corto plazo que la entidad ha obtenido (por ejemplo, líneas de crédito bancarias). Si la TIDR es notablemente diferente (>100 puntos básicos), solicite justificación o considere si un ajuste es necesario.
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- Para un arrendatario en El Salvador, use la tasa de rendimiento de US Treasuries a un plazo comparable (por ejemplo, rendimiento de bonos del Tesoro de los EE.UU. a 5 años para arrendamientos a 5 años).
- A fecha de 31 de diciembre de 2024, la tasa de referencia de US Treasuries a 5 años era aproximadamente 4.0-4.5%.
- Para una entidad minorista con calificación crediticia estándar sin calificación crediticia formal, agregue un spread de 150-300 puntos básicos sobre la tasa sin riesgo (dependiendo de variables tales como: apalancamiento existente, cobertura de intereses, flujo de caja operativo, historial de pago).
- Para una entidad minorista con calificación crediticia formal (rara en El Salvador pero posible si está endeudada con instituciones financieras de SSF), use la tasa de rendimiento de bonos corporativos comparables en USD de entidades con calificación similar.
- Para un arrendamiento de bienes raíces minoristas, donde la propiedad arrendada es la garantía, puede aplicarse un spread menor que para un préstamo sin garantía.
- Tasa sin riesgo (US Treasury a 5 años): 4.2%
- Spread de crédito (arrendatario no calificado, ingresos de ventas en línea estables, sin endeudamiento significativo): +2.0% (200 puntos básicos)
- Ajuste por colateral (bienes raíces como garantía): -0.3%
- TIDR resultante: 4.2% + 2.0% - 0.3% = 5.9%
Medición inicial: Cálculo del activo por derecho de uso y el pasivo de arrendamiento
NIIF 16.22-26: El activo por derecho de uso se mide inicialmente al costo, que incluye: (a) el pasivo de arrendamiento inicial; (b) pagos de arrendamiento realizados antes de la fecha de comienzo menos cualquier incentivo de arrendamiento recibido; (c) costos directos iniciales incurridos por el arrendatario.
El pasivo de arrendamiento se mide inicialmente como el valor presente de los pagos de arrendamiento no pagados en la fecha de comienzo, descontados a la TIDR.
Paso 1: Identificar todos los pagos de arrendamiento
Los pagos de arrendamiento incluyen:
Ejemplo: Comercial Las Américas arrienda durante 5 años a $7,200 USD mensuales. El contrato incluye:
Los pagos de arrendamiento incluyen:
Auditoría: Obtenga una programación de todos los pagos contractuales del contrato. Verifique que el arrendatario haya identificado correctamente la duración del período (incluyendo opciones de prórroga que son razonablemente seguras de ejercitarse). Busque cualquier escala de pagos o aumentos programados. Registre por escrito por qué el arrendatario considera que es razonablemente seguro ejercer cada opción de prórroga.
Paso 2: Calcular el valor presente del pasivo de arrendamiento
Descuente los pagos de arrendamiento identificados a la TIDR en la fecha de comienzo del arrendamiento.
Fórmula de valor presente:
PV = Σ [Pago de arrendamiento / (1 + TIDR)^n]
donde n es el número de períodos desde la fecha de comienzo hasta cada fecha de pago.
Ejemplo de cálculo (TIDR = 5.9%, arrendamiento de 5 años + 3 años de prórroga opcionalmente segura):
Asumiendo pagos mensuales, la TIDR mensual = 5.9% / 12 = 0.4917% por mes.
| Período | Meses desde el comienzo | Pago mensual (USD) | Factor de descuento | Valor presente |
|---------|---|---|---|---|
| Meses 1-24 | 1-24 | 7,200 | 0.9951 - 0.8869 | 168,500 |
| Meses 25-48 | 25-48 | 7,400 | 0.8814 - 0.7797 | 170,200 |
| Meses 49-60 | 49-60 | 7,400 | 0.7752 - 0.7275 | 82,400 |
| Meses 61-96 | 61-96 | 7,600 | 0.7233 - 0.6096 | 260,100 |
| Pasivo de arrendamiento inicial (PV total) | | | | 681,200 |
Auditoría: Obtenga una programación de descuento de flujos de caja del arrendatario. Verifique que los pagos de arrendamiento identificados coincidan con el contrato. Verifique que la TIDR sea la determinada en el paso anterior. Usando una hoja de cálculo o software de auditoría, recalcule el valor presente de forma independiente. Confirme que el pasivo de arrendamiento inicial es correcto (tolerance típica: diferencia < 0.5% del pasivo calculado, a menos que exista un factor de relevancia diferente).
Paso 3: Calcular el activo por derecho de uso
Activo por derecho de uso (inicial) = Pasivo de arrendamiento inicial + Pagos prepagos - Incentivos recibidos + Costos directos iniciales
Ejemplo:
Auditoría: Verifique que todos los componentes se hayan incluido. Busque específicamente: (a) pagos de depósito de seguridad (suelen ser comunes en arrendamientos de bienes raíces); (b) incentivos del arrendador (períodos libres de alquiler, mejoras de infraestructura proporcionadas por el arrendador); (c) costos directos iniciales (honorarios legales, honorarios de agentes inmobiliarios pagados por el arrendatario). Confirme que el activo por derecho de uso calculado sea consistente con el pasivo de arrendamiento inicial más estos ajustes.
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- Pagos fijos (incluyendo pagos que en sustancia son fijos, como los cargos de índice cuando la variación es limitada)
- Pagos variables si están en sustancia fijos (por ejemplo, escala de aumentos programados)
- Garantía de valor residual (si el arrendatario garantiza el valor residual del activo al final del plazo)
- Opción de compra o prórroga si el arrendatario es razonablemente seguro de ejercitarla
- Pagos de penalización por terminación si el período de arrendamiento refleja que el arrendatario ejercerá una opción de prórroga
- Años 1-2: $7,200/mes
- Años 3-4: $7,400/mes (aumento programado del 2.8%)
- Año 5: $7,400/mes
- Opción de prórroga de 3 años a $7,600/mes; la entidad planea permanecer en el local, por lo que es razonablemente seguro de ejercer esta opción
- 24 meses × $7,200 = $172,800
- 24 meses × $7,400 = $177,600
- 12 meses × $7,400 = $88,800
- 36 meses × $7,600 = $273,600 (si se ejercita la prórroga)
- Total de pagos de arrendamiento durante el período del arrendamiento: $712,800
- Pasivo de arrendamiento inicial: $681,200
- Pago realizado antes de la fecha de comienzo (depósito de seguridad): $0
- Incentivo de arrendamiento recibido (por ejemplo, período de alquiler libre o mejoras del arrendador): $0
- Costos directos iniciales incurridos (honorarios legales, honorarios de negociación): $3,500
- Activo por derecho de uso inicial: $681,200 + $0 - $0 + $3,500 = $684,700
Registro en los estados financieros
La NIIF 16.24 requiere que el arrendatario presente:
En la primera aplicación de la NIIF 16 (transición), el arrendatario puede:
Auditoría: Verifique que el arrendatario haya documentado su enfoque de transición elegido. Compruebe que el estado de situación financiera presente el activo por derecho de uso y el pasivo de arrendamiento separadamente. Verifique que las revelaciones requeridas por la NIIF 16.45-60 están incluidas en las notas, incluyendo: descripción de arrendamientos, supuestos de descuento, política de depreciación, vidas útiles estimadas del activo por derecho de uso, y análisis de sensibilidad para cambios en la TIDR.
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- Un activo por derecho de uso en el estado de situación financiera
- Un pasivo de arrendamiento en el pasivo corriente (porción vencida en los próximos 12 meses) y pasivo no corriente
- Aplicar la NIIF 16 con efecto retroactivo (requiere reexpresión comparativa)
- O, si lo permite su jurisdicción contable local, usar un enfoque de transición simplificado
Tratamiento de modificaciones de arrendamientos
NIIF 16.36-42: Una modificación de arrendamiento es un cambio en los términos y condiciones del contrato que no era previsto en los términos originales. Las modificaciones incluyen: extensión de la duración, reducción de la duración, cambio en los pagos futuros de arrendamiento, o cambio en el activo arrendado.
Enfoque de contabilidad para modificaciones
Paso 1: ¿La modificación crea un arrendamiento separado identificable?
Si la modificación añade un activo nuevo identificable o extiende de forma notable el período, puede ser contabilizada como un nuevo arrendamiento separado (NIIF 16.36).
Paso 2: Si la modificación NO es un nuevo arrendamiento, ¿cómo se contabiliza?
La modificación se contabiliza remidiendo el pasivo de arrendamiento usando la TIDR al momento de la modificación:
Ejemplo de modificación: Comercial Las Américas negocia con el arrendador para extender el período de arrendamiento de 5 años a 7 años (una prórroga adicional de 2 años se convierte en obligatoria, no opcional). A la fecha de la modificación (30 de junio de 2024):
Auditoría: Obtenga cualquier documento de modificación de arrendamiento (enmienda, carta de acuerdo, confirmación por correo electrónico). Verifique que el arrendatario haya identificado correctamente la naturaleza de la modificación (cambio en el período, cambio en los pagos, cambio en el activo). Si es una remedicación, compruebe que la TIDR utilizada es apropiada para la fecha de modificación. Verifique la recalculación del pasivo de arrendamiento. Busque ganancias o pérdidas por la remedicación, que deberían registrarse en el estado de resultados (generalmente como parte de "otros ingresos" o "otros gastos").
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- Calcule el nuevo pasivo de arrendamiento usando todos los pagos de arrendamiento revisados (incluyendo cualquier cambio en el período o en los pagos variables) y la TIDR en la fecha de la modificación.
- Remida el activo por derecho de uso basado en: activo neto registrado + cambio en el pasivo de arrendamiento + cambio en pagos prepagos o incentivos (NIIF 16.39).
- Reconozca cualquier ganancia o pérdida por la remedicación.
- Pasivo de arrendamiento registrado a la fecha de modificación: $450,000 (neto de pagos realizados hasta esa fecha)
- Activo por derecho de uso registrado: $430,000 (neto de depreciación)
- Nuevos pagos de arrendamiento por los 2 años adicionales: $7,600 × 24 = $182,400
- TIDR a la fecha de modificación: 5.5% (puede haber cambiado desde la fecha de comienzo original)
- Valor presente de los nuevos pagos: $182,400 / (1.055)^5 (si los pagos comienzan en año 6 del arrendamiento original) ≈ $141,500
Arrendamientos de corta duración y bajo valor: Exenciones
NIIF 16.5-6: El arrendatario puede elegir no aplicar la NIIF 16 a:
Para arrendamientos que califiquen para estas exenciones, el arrendatario contabiliza los pagos de arrendamiento como gastos (línea recta durante el período de arrendamiento o de otra forma sistemática).
Ejemplo: Comercial Las Américas arrienda:
Auditoría: Cuando revise la completitud de la identificación de arrendamientos, identifique cualquier acuerdo que la entidad haya clasificado como exención de corta duración o bajo valor. Verifique que el valor de nueva del activo sea genuinamente bajo (verifique contra presupuestos de vendedores o estados de compra históricos). Verifique que el período de arrendamiento sea genuinamente ≤ 12 meses. Compruebe que los pagos de arrendamiento se hayan contabilizado como gastos, no como un activo de arrendamiento capitalizador.
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- Arrendamientos de corta duración: Arrendamientos con un período de arrendamiento de 12 meses o menos (incluyendo opciones de prórroga razonablemente seguras, PERO excluyendo opciones que el arrendador tiene control de ejercer).
- Arrendamientos de bajo valor: Arrendamientos del activo subyacente de bajo valor. "Bajo valor" generalmente significa < USD 5,000 cuando el activo es nuevo.
- Un carrito de punto de venta móvil por 18 meses: Esta es una arrendamiento de corta duración del período (< 24 meses) pero > 12 meses. No califica para la exención de corta duración.
- Una máquina registradora con costo de nuevo de USD 3,800: Esta es una arrendamiento de bajo valor. Califica para la exención si el período de arrendamiento es < 12 meses, o se puede elegir usar la exención incluso si es > 12 meses.
Trabajo práctico de auditoría: Verificación de la completitud del arrendamiento
Un riesgo frecuente en auditorías de arrendamientos es que la entidad NO IDENTIFIQUE todos los arrendamientos. Las entidades pueden omitir:
Procedimientos de auditoría para completitud:
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- Acuerdos de arrendamiento de bajo valor (máquinas registradoras, equipo de morador)
- Arrendamientos de corta duración que pueden ser renovados tácitamente
- Arrendamientos integrados en contratos de compra (por ejemplo, un contrato de "venta" que incluye una cláusula de opción de recompra después de 5 años, que bajo la NIIF 16 es un arrendamiento)
- Cambios en arrendamientos existentes que el arrendatario no reconoció como modificaciones
- Solicitud a la administración: Solicite por escrito una lista de TODOS los arrendamientos. Pregunte específicamente por: (a) arrendamientos de bienes raíces (locales, bodegas); (b) arrendamientos de equipo (sistemas POS, HVAC); (c) arrendamientos de vehículos; (d) arrendamientos de tecnología (sistemas de software, hardware).
- Búsqueda en registros: Revise los registros contables de gastos operativos para identificar "arrendamiento", "alquiler", "ocupación", "equipamiento", o términos de vendedor que pueden ser proveedores de arrendamiento.
- Búsqueda de acuerdos: Solicite una búsqueda de contratos no arrendamiento que pueden incluir componentes de arrendamiento (por ejemplo, acuerdos de compraventa con cláusulas de opción, acuerdos de servicio que incluyen derecho de uso del equipo).
- Arrendamientos integrados en sistemas: Si la entidad mantiene un sistema de gestión de arrendamientos, obtenga un reporte de todos los arrendamientos registrados. Si NO mantiene un sistema dedicado, esta es una debilidad de control que debe documentar.
- Verificación de pasivo: Calcule un pasivo de arrendamiento agregado esperado basado en información presupuestaria (si está disponible) y compárelo contra el pasivo de arrendamiento reportado. Grandes discrepancias sugieren omisiones.