Definition

Vaya por delante que durante años yo también arrastraba la importancia tolerable del ejercicio anterior y le ponía la justificación de riesgo después. Por lo que conozco, no soy el único. Los informes de inspección del ICAC repiten el mismo hallazgo año tras año: la importancia tolerable existe en el papel de planificación, pero no se ajusta cuando los riesgos cambian durante la ejecución. La NIA-ES 320.15 lo exige; en los encargos que he llevado, casi nadie lo hace de oficio.

Aspectos clave

- Se fija durante la planificación como un porcentaje de la importancia relativa y se documenta en el expediente. - La mayoría de hallazgos de inspección se refieren a una importancia tolerable establecida a un nivel tan alto que las incorrecciones individuales documentadas no se acumulan adecuadamente. - El auditor debe ajustar la importancia tolerable cuando los riesgos identificados cambian; un importe único para toda la auditoría señala falta de análisis de riesgos por área.

Cómo funciona

Lo que falla en la práctica es esto: el importe se hereda. Se arrastra del año pasado, se pega en la pestaña de planificación, y la justificación se redacta para encajar con el número que ya está. A esto se le llama, sin demasiada elegancia, "lo del año pasado con escudo metodológico" (una importancia tolerable rolada del ejercicio previo a la que se le añade después una nota de riesgo que la justifique). El expediente queda formalmente cerrado y nadie pregunta más.

La NIA-ES 320.12 exige que la importancia tolerable se establezca a un nivel inferior a la importancia relativa global. Suele situarse entre el 50% y el 75% de la importancia relativa general, aunque ese rango no es una regla escrita. El auditor debe justificar el porcentaje concreto en función de los riesgos identificados de la entidad bajo NIA-ES 315.33.

En mi caso, fijar el 75% de la importancia relativa global es la opción defensible más cómoda: porque deja margen amplio en la ejecución, porque ningún revisor lo cuestiona de entrada, y porque el sistema de calidad lo acepta sin generar avisos. Pero es la opción más cómoda, no la más defendible. Si las cuentas anuales del cliente tienen áreas con riesgo elevado claramente diferenciadas, fijar el 75% de forma plana implica que no se ha hecho el ejercicio de NIA-ES 315 que la propia NIA-ES 320 presupone.

Una importancia tolerable idéntica para existencias, deudores, acreedores y efectivo es el síntoma diagnóstico. Significa que el auditor no analizó el riesgo por área. Y significa, además, que las casillas del expediente están marcadas pero el juicio profesional no se ejerció.

Ejemplo práctico: Textiles Levantinos S.L.

Cliente: fabricante textil ubicado en Paterna (Valencia), cifra de negocios 18,5 millones de euros, reporta bajo el Plan General de Contabilidad.

Paso 1: El auditor calcula la importancia relativa global. Con base en el beneficio antes de impuestos de 2,2 millones de euros, fija una importancia relativa de 55.000 euros (2,5% del beneficio).

Nota de documentación: en el papel PT-100 (Planificación de la auditoría) se registra: "Importancia relativa: 55.000 € / Referencia: 2,5% × beneficio antes de impuestos de 2.200 miles €. Justificación: el beneficio antes de impuestos es la base más apropiada dado que la entidad es rentable y este es el indicador que usan inversores y acreedores."

Paso 2: Para la cuenta "Existencias" (saldo de 4,8 millones), donde el auditor ha identificado riesgo elevado de incorrección (cambio de método de valoración FIFO a promedio ponderado en junio), establece una importancia tolerable de 22.000 euros (40% de la importancia relativa general).

Nota de documentación: PT-210 (Importancias tolerables por ciclo): "Existencias: 22.000 € / Riesgo identificado: elevado. Porcentaje: 40% (inferior al rango habitual de 50-75% por riesgo específico identificado en NIA-ES 315.33)."

Paso 3: Para la cuenta "Deudores comerciales" (saldo de 6,2 millones), donde el riesgo se evalúa como moderado, establece una importancia tolerable de 35.000 euros (64% de la importancia relativa general).

Nota de documentación: PT-210: "Deudores: 35.000 € / Riesgo identificado: moderado (cartera estable, base de clientes consolidada). Procedimientos escalados: confirmación del 75% de saldo con terceros (superior al 60% de muestreo planificado inicialmente)."

Paso 4 (la complicación): En octubre, Textiles Levantinos pierde dos clientes principales que representaban en conjunto el 22% de la facturación. Lo que hasta julio era una cartera estable pasa a ser una cartera concentrada en menos contrapartes, con riesgo de concentración sobre los clientes restantes y dudas sobre la recuperabilidad de los saldos pendientes con los dos clientes salidos. La NIA-ES 320.15 exige reconsiderar la importancia tolerable cuando los hechos cambian. ¿Qué hace el auditor?

Hay dos lecturas razonables y la elección no es obvia. Lectura estricta: bajar la importancia tolerable de deudores de 35.000 a 18.000 euros, ampliar la confirmación al 95% de los saldos vivos, repasar la antigüedad y reevaluar el deterioro. Es lo que pide una lectura literal de NIA-ES 320.15. Lectura pragmática: dejar la importancia tolerable en 35.000 euros (se fijó con margen suficiente para absorber este movimiento), documentar el riesgo nuevo en el archivo y añadir procedimientos sustantivos focalizados en los saldos de los clientes salidos. Ambas tienen apoyo en la norma. La primera es más defensiva frente a inspección; la segunda es más eficiente y, si el ajuste de procedimientos queda bien documentado, también es defendible.

Conclusión: El auditor ha fijado importancias tolerables diferenciadas por riesgo y, lo que importa más, ha vuelto sobre ellas cuando los hechos cambiaron. Si durante la ejecución encuentra una incorrección no corregida de 18.000 euros en existencias, esta supera la importancia tolerable de 22.000 euros y requiere evaluación adicional (aunque sea inferior a la importancia relativa global). La documentación es defensible frente a un revisor porque el riesgo diferenciado y su evolución están explícitamente registrados en los papeles de trabajo.

Y la realidad es que en la siguiente campaña la importancia tolerable que has bajado por riesgo identificado vuelve a aparecer en el archivo de revisión "igualada" a la del año anterior, porque alguien la arrastró otra vez sin mirar el histórico. La trazabilidad del juicio se pierde. La firma sigue.

Qué interpretan mal los revisores

- Confundir importancia tolerable con muestreo. La importancia tolerable no es el importe máximo que se puede pasar por alto en una muestra. Es el importe individual de incorrección que el auditor acepta para cada ciclo o cuenta. Un error de 24.000 euros en existencias (cuando la importancia tolerable es 22.000 euros) puede aparecer en una muestra de 30 transacciones y debe proyectarse y evaluarse, aunque el muestreo estadístico sugiera un margen de error superior.

- Aplicar una importancia tolerable única para toda la auditoría. Cuando el mismo importe aparece en existencias, deudores, acreedores y efectivo (por ejemplo, 40.000 euros en las cuatro), el revisor sabe que no se ha hecho el análisis de riesgos por área que exige la NIA-ES 315. Cada cuenta debe tener su propia importancia tolerable basada en el riesgo identificado.

- No revisar la importancia tolerable cuando la ejecución revela riesgos nuevos. La NIA-ES 320.15 obliga a revisar el importe si los hechos durante la ejecución difieren de los que existían en la planificación. La pérdida de un cliente principal en junio, una restricción crediticia sobrevenida o un cambio en la política contable son disparadores. Lo que realmente ocurre es que el aviso queda anotado en una hoja suelta y la importancia tolerable del expediente nunca se modifica. Cuando llega el revisor, la justificación se reconstruye en una nota a posteriori.

Importancia tolerable frente a importancia relativa de ejecución

Ambos términos aparecen en la NIA-ES 320 y se confunden con frecuencia.

Importancia relativa de ejecución: equivale a la importancia tolerable cuando se aplica a la auditoría en su conjunto. La NIA-ES 320.11 usa este término para la importancia tolerable general.

Importancia tolerable: término más específico, usado para las importancias establecidas para ciclos o cuentas individuales. Un auditor tiene una importancia relativa de ejecución (la general) y varias importancias tolerables (una por ciclo o cuenta).

La distinción importa en papeles de trabajo: un revisor espera ver ambas documentadas, la general en PT-100 y las específicas por ciclo en PT-210 o equivalente. Usar solo una sugiere falta de análisis diferenciado de riesgos.

Términos relacionados

- Importancia relativa: el importe de referencia global a partir del cual se derivan todas las importancias tolerables. - Desempeño de auditoría: término alterno en ciertos contextos para una importancia tolerable establecida a nivel general antes de desglosarla por cuenta. - Riesgo de incorrección material: el riesgo que fundamenta la selección de una importancia tolerable específica por cuenta. - Procedimientos sustantivos: los procedimientos cuyo alcance se determina en función de la importancia tolerable de cada cuenta. - Evaluación de incorrecciones acumuladas: el proceso posterior por el cual se compara cada incorrección identificada contra la importancia tolerable. - Muestreo de auditoría: la técnica cuyos parámetros (tamaño de muestra, precisión) se establecen en referencia a la importancia tolerable.

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