NIA 570 (Asunción de Negocio en Marcha): Lista de Verificación para Inspección y Transición

Un libro de Excel de 3 hojas con evaluación dual: su disponibilidad actual bajo NIA 570 (10 preguntas), análisis de brechas respecto a la norma revisada con contador automático que cuenta hacia el 15 de diciembre de 2026, y detalles de hallazgos vinculados a fracasos corporativos nombrados con multas y sanciones.

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QUÉ CONTIENE ESTA LISTA

Qué contiene esta lista

Un libro de Excel de 3 hojas con evaluación dual: su disponibilidad actual bajo NIA 570 (10 preguntas), análisis de brechas respecto a la norma revisada con contador automático que cuenta hacia el 15 de diciembre de 2026, y detalles de hallazgos vinculados a fracasos corporativos nombrados con multas y sanciones.

Hallazgos documentados en inspecciones internacionales


1. Evaluación de negocio en marcha limitada a 12 meses desde la fecha de reporte (NIA 570.13)
Los inspectores internacionales encontraron que los auditores restringían su período de evaluación, omitiendo eventos y condiciones más allá de la ventana estándar de 12 meses que indicaban incertidumbre material. La NIA 570.13 exige que el auditor cubra el mismo período que la dirección use para su evaluación, o al menos 12 meses desde la fecha de cierre, lo que sea mayor.
2. Proyecciones de flujo de caja aceptadas sin prueba de supuestos subyacentes (NIA 570.16(c))
Las inspecciones internacionales mostraron que los auditores aceptaban proyecciones de la dirección sin desafiar supuestos principal ni realizar análisis de sensibilidad. La NIA 570.16(c) requiere que el auditor evalúe la confiabilidad de los datos subyacentes y que determine si hay apoyo adecuado para los supuestos.
3. Evidencia contradictoria no investigada adecuadamente (NIA 570.16)
Los inspectores hallaron que los auditores omitían investigar información que contradecía la asunción de negocio en marcha, incluido incumplimiento de cláusulas de deuda y pérdidas recurrentes. La NIA 570.11 requiere que el auditor permanezca alerta durante toda la auditoría para obtener evidencia de eventos o condiciones que pudieran cuestionar esta asunción.
4. Procedimientos analíticos que no incluyen datos posteriores al cierre (NIA 570.15)
Las inspecciones documentaron que los auditores cubrían solo el período de evaluación de la dirección, perdiendo eventos posteriores al cierre que significaban incertidumbre material. La NIA 570.15 requiere que el auditor indague sobre conocimiento de la dirección de eventos o condiciones más allá del período de su evaluación.
5. Planes de la dirección evaluados sin consideración de viabilidad (NIA 570.16(b))
Los inspectores encontraron que los auditores aceptaban planes de mitigación sin evaluar críticamente si eran factibles en las circunstancias o si probablemente mejorarían la situación. La NIA 570.16(b) requiere que el auditor evalúe si el resultado de los planes es probable que mejore la situación y si los planes son viables.
6. Representaciones escritas de la dirección no obtenidas (NIA 570.16(e))
Las inspecciones mostraron ausencia de correspondencia de la dirección confirmando sus planes de acción y su factibilidad. La NIA 570.16(e) requiere que el auditor obtenga representaciones escritas de la dirección, y donde corresponda, de quienes tienen responsabilidad de gobierno, respecto a sus planes y la factibilidad de estos.
7. Comunicación con el órgano de gobierno inadecuada o ausente (NIA 570.25)
Los inspectores hallaron que muchas auditorías no comunicaban hallazgos de negocio en marcha a quienes tienen responsabilidad de gobierno. La NIA 570.25 requiere comunicación sobre si los eventos son incertidumbre material, la apropiabilidad de la asunción, la adecuación de las divulgaciones, e implicaciones para el informe.
8. Documentación insuficiente de la conclusión sobre incertidumbre material (NIA 570.17 a 570.23)
Los inspectores encontraron papeles de trabajo donde la conclusión sobre incertidumbre material no estaba documentada con la evidencia que la sustentaba, o donde la conclusión no alineaba con la evidencia obtenida. Las NIA 570.17 a 570.23 establecen la cadena de razonamiento requerida: evaluación de evidencia, conclusión sobre incertidumbre material, evaluación de divulgaciones, e implicaciones para el informe.

Ocho cambios centrales en NIA 570 (Revisada) que entran en vigencia el 15 de diciembre de 2026


Cambio 1: Ampliación del alcance de riesgo
La NIA 570 (Revisada) amplía la evaluación de riesgo inicial requerida por NIA 315. Ahora debe incluir explícitamente si eventos o condiciones existen que podrían cuestionar de forma notable la asunción de negocio en marcha, lo que se realiza discutiendo con la dirección si ha realizado una evaluación preliminar (NIA 570.10).
Cambio 2: Evaluación de la evaluación preliminar de la dirección
Si la dirección ha realizado una evaluación preliminar de capacidad de continuidad, el auditor ahora debe discutir formalmente con la dirección, determinar qué eventos o condiciones ha identificado, y cómo planea abordarlos (NIA 570.10(a)).
Cambio 3: Período de evaluación mínimo establecido
La NIA 570 (Revisada) establece explícitamente que el auditor debe cubrir al menos 12 meses desde la fecha de cierre, o solicitar a la dirección que extienda su evaluación si es menor. Esto cierra la brecha permitida anteriormente (NIA 570.13).
Cambio 4: Evaluación de datos subyacentes en proyecciones
Se añade un requisito explícito de evaluar la confiabilidad de los datos generados para preparar proyecciones de flujo de caja, además de los supuestos. Esto va más allá de la práctica anterior de solo revisar supuestos (NIA 570.16(c)(i)).
Cambio 5: Consideración s posteriores disponibles
La NIA 570 (Revisada) incluye como procedimiento requerido considerar si hechos o información adicionales se han hecho disponibles desde que la dirección hizo su evaluación (NIA 570.16(d)).
Cambio 6: Redefinición de "incertidumbre material"
La definición de incertidumbre material se clarifica: existe cuando "la magnitud de su impacto potencial y la probabilidad de ocurrencia es tal que, en el juicio del auditor, la divulgación apropiada de la naturaleza e implicaciones de la incertidumbre es necesaria" (NIA 570.18). Esto eleva el estándar de evaluación.
Cambio 7: Comunicación obligatoria ampliada
La comunicación con quienes tienen responsabilidad de gobierno ahora debe incluir explícitamente cuatro elementos: si es incertidumbre material, si la asunción es apropiada, la adecuación de divulgaciones, e implicaciones para el informe (NIA 570.25).
Cambio 8: Retraso significativo en aprobación de estados financieros
Se añade un nuevo párrafo requerimiento (NIA 570.26) que cuando hay retraso significativo en la aprobación, el auditor debe indagar si relaciona con asunción de negocio en marcha, y si es necesario, realizar procedimientos adicionales.

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