Definition

Una opción de rescisión es un término del contrato que otorga a una parte el derecho, pero no la obligación, de poner fin al acuerdo antes de la fecha de terminación programada. En el contexto de los arrendamientos bajo NIIF 16, la presencia de una opción de rescisión afecta al cálculo del plazo del arrendamiento, que a su vez afecta a la medición inicial del activo por derecho de uso y el pasivo por arrendamiento.

Cómo funciona

Una opción de rescisión es un término del contrato que otorga a una parte el derecho, pero no la obligación, de poner fin al acuerdo antes de la fecha de terminación programada. En el contexto de los arrendamientos bajo NIIF 16, la presencia de una opción de rescisión afecta al cálculo del plazo del arrendamiento, que a su vez afecta a la medición inicial del activo por derecho de uso y el pasivo por arrendamiento.
Según el párrafo 22 de la NIIF 16, el plazo del arrendamiento incluye "periodos cubiertos por una opción de prórroga (o período de renovación) si el arrendatario tiene una incentivo económico razonablemente cierto de ejercitar esa opción". De forma simétrica, el plazo excluye los períodos cubiertos por una opción de rescisión a menos que sea razonablemente cierto que el arrendador no ejercerá esa opción. Esta es una estimación contable en el sentido de la NIA-ES 540 y requiere evaluación del auditor sobre la base de evidencia de auditoría suficiente y apropiada.
El análisis de una opción de rescisión no es un cálculo mecánico. Requiere que la entidad considere:
Para el auditor, esto significa que el trabajo de auditoría sobre opciones de rescisión debe ir más allá de verificar que se incluye o excluye del plazo del arrendamiento. Debe incluir una evaluación del proceso de juicio de la entidad: ¿documentó la entidad qué opciones de rescisión existían? ¿Evaluó explícitamente la probabilidad de ejercicio? ¿Fue esa evaluación coherente con opciones similares en otros arrendamientos? ¿Cambió la evaluación de un período a otro, y si es así, fue ese cambio justificado por circunstancias cambiantes?

  • Los términos económicos del contrato (¿hay una penalización por rescisión?);
  • El historial de la entidad con opciones similares en el pasado;
  • Las circunstancias comerciales actuales que podrían influir en la decisión (cambios en las necesidades operativas, condiciones del mercado, disposición de alternativas);
  • Las políticas contables de la entidad sobre cómo evalúa "razonablemente cierto" en este contexto.

Ejemplo práctico: Transportes Montesinos S.L.

Entidad: Transportes Montesinos S.L., empresa de logística por carretera con sede en Murcia, España. Ingresos FY2024: 18,7 millones de euros. Reporta bajo NIIF.
Situación: En enero de 2024, Montesinos arrendó 12 camiones a Leasing Ibérico para un período contractual inicial de cinco años, con una opción de rescisión que permite a Montesinos rescindir el contrato al final del tercer año sin penalización económica. El pago anual es de 156.000 euros por vehículo (1,872 millones anuales en total).
Paso 1: Evaluación de la opción de rescisión por la entidad
La dirección de Montesinos documentó que, según la política contable de la entidad, una opción de rescisión se considera "razonablemente cierta" de ser ejercida si (a) la entidad posee análoga opciones en más del 60% de sus arrendamientos existentes y las ha ejercido, o (b) existen pruebas explícitas de que la entidad tiene planes de devolver el equipo en esa fecha. Montesinos registró que posee 34 arrendamientos de vehículos en vigor, de los cuales 23 contienen opciones de rescisión a los tres años, y en el período anterior ejerció 19 de estas 23 opciones.
Documentación: memorándum de auditoría, registro de políticas contables de la entidad sobre estimaciones, análisis histórico de opciones ejercidas.
Paso 2: Determinación del plazo del arrendamiento
Basándose en el análisis anterior, la dirección concluyó que es razonablemente cierto que ejercerá la opción de rescisión al final del tercer año. Por lo tanto, el plazo del arrendamiento para estos 12 camiones es de tres años, no cinco.
Documentación: hojas de cálculo del arrendamiento con la evaluación del plazo, referencia a la política contable adoptada, prueba de la evaluación por la entidad.
Paso 3: Medición inicial del activo por derecho de uso y pasivo por arrendamiento
Usando una tasa de descuento incremental de endeudamiento del 4,2% (documentada por la entidad), Montesinos calculó:
Documentación: tabla de amortización del arrendamiento, cálculo de la tasa de descuento, evaluación de costos de restauración futura.
Paso 4: Procedimiento de auditoría sobre la evaluación de la opción de rescisión
El auditor verificó:
Documentación: carta de confirmación de términos del arrendamiento, análisis de política contable, cuadro resumen de consistencia de evaluación, ajustes de pruebas de cálculos.
Conclusión: La evaluación de Montesinos de la opción de rescisión fue apropiada: documentada, coherente con el historial, y basada en una política contable bien definida. Los cálculos de NIIF 16 fueron precisos. No se requirieron ajustes. El tratamiento de la opción de rescisión fue defensible bajo una inspección porque la entidad documentó su evaluación del juicio contable requerido, y esa evaluación fue suficientemente explícita para que el auditor replicara y validara el razonamiento.

  • Pago del arrendamiento descontado (tres años × 1,872 millones, descontado): 5,41 millones de euros;
  • Costos de restauración estimados al cierre (devolver 12 camiones en condiciones aceptables): 82.000 euros (registrados en el pasivo inicial).
  • Activo por derecho de uso inicial (NIIF 16.23): 5,49 millones de euros;
  • Pasivo por arrendamiento inicial (NIIF 16.23): 5,49 millones de euros.
  • La existencia y términos del contrato de arrendamiento (confirmación directa a Leasing Ibérico);
  • La política contable de la entidad sobre cuándo una opción se considera "razonablemente cierta" (revisión de la documentación de políticas contables);
  • El análisis histórico: ¿ejerció Montesinos 19 de 23 opciones similares en los tres años anteriores? (revisión de registros de rescisión pasados);
  • La coherencia: ¿se aplicó esta misma evaluación a otros arrendamientos similares, o fue inconsistente? (análisis de seis arrendamientos adicionales con opciones de rescisión al tercer año; confirmación de coherencia en la evaluación);
  • La razonabilidad de la tasa de descuento (comparación con tasas de endeudamiento marginal de la entidad; análisis de cambios de tasas entre periodos);
  • Los cálculos (recalcular el cronograma de amortización usando los términos del contrato y los pagos cotizados).

Qué revisores e inspectores detectan

  • Tier 1: Hallazgos de inspección internacional: Los hallazgos publicados de organismos internacionales (IAASB, FRC en el Reino Unido) muestran que los auditores con frecuencia no documentan su evaluación de la evaluación de la entidad sobre opciones de rescisión. Los papeles de trabajo del auditor contienen verificaciones sobre si la opción existe en el contrato, pero no incluyen una evaluación explícita de si la conclusión de la entidad sobre "razonablemente cierto" fue apropiada. Esto es un incumplimiento de NIA-ES 540.13(a), que requiere que el auditor evalúe si el método de la entidad para la estimación contable es apropiado.
  • Tier 2: Error contable estándar: Las entidades con frecuencia no documentan su evaluación de opciones de rescisión en absoluto, o la documentan de forma tan genérica que es imposible saber qué razonamiento específico llevó a la conclusión. Una entidad puede haber escrito "opción de rescisión evaluada, razonablemente cierto de ejercitarse" en una nota de la hoja de cálculo del arrendamiento, pero sin ningún análisis de histórico, circunstancias o política contable subyacente. Para el auditor, esto significa que no hay evidencia de auditoría suficiente de que el juicio fue fundamentado.
  • Tier 3: Brecha de práctica documentada: Las evaluaciones de opciones de rescisión a menudo son incoherentes dentro de la misma entidad. Un arrendamiento con una opción de rescisión al tercer año se trata como "razonablemente cierto de ejercitarse" (plazo de tres años), mientras que un arrendamiento similar cuatro meses después, también con una opción de rescisión al tercer año, se trata como "no es razonablemente cierto" (plazo de cinco años), sin explicación de qué cambió entre los dos. Esta incoherencia sugiere que la entidad no aplicó una política contable consistente, lo que es un indicador de riesgo de incorrección material en la medición del arrendamiento.

Opción de rescisión vs. opción de prórroga

| Aspecto | Opción de rescisión | Opción de prórroga |
|---|---|---|
| ¿Quién puede ejercer? | Normalmente el arrendatario (aunque a veces el arrendador en arrendamientos de financiación) | Normalmente el arrendatario |
| Efecto sobre el plazo del arrendamiento (NIIF 16.22) | Excluye períodos futuros del plazo, a menos que sea razonablemente cierto que NO se ejercerá | Incluye períodos futuros en el plazo si es razonablemente cierto que SE ejercerá |
| Incentivo económico típico | El arrendatario quiere reducir la duración (por ejemplo, para devolver equipo dañado o cambiar a una alternativa más eficiente) | El arrendatario quiere extender la duración (por ejemplo, para continuar usando equipo que sigue siendo útil a bajo costo) |
| Riesgo de evaluación para el auditor | Riesgo de que se ignore completamente o se evalúe sin una base documentada | Riesgo de que se suponga la prórroga sin evaluar específicamente la probabilidad |
| Ejemplo contractual | "El arrendatario puede rescindir después de 3 años sin penalización" | "El arrendatario puede renovar por dos años adicionales a una tasa de alquiler renegociada" |
La distinción es crítica porque afecta directamente al cálculo del plazo del arrendamiento y, por lo tanto, a la medición del activo por derecho de uso y el pasivo por arrendamiento. Una evaluación incorrecta de una opción de rescisión produce un plazo incorrecto, que produce cifras de NIIF 16 incorrectas.

Términos relacionados

---

  • Plazo del arrendamiento: El período durante el cual el arrendatario tiene derecho a usar el activo subyacente, incluidas opciones de prórroga y rescisión evaluadas bajo NIIF 16.
  • Activo por derecho de uso: El activo que surge del reconocimiento inicial de un arrendamiento, medido inicialmente como la suma del pasivo por arrendamiento ajustado por pagos y costos.
  • Pasivo por arrendamiento: La obligación de realizar pagos de arrendamiento, medida como el valor presente de los pagos de arrendamiento durante el plazo del arrendamiento.
  • Estimación contable: Un monto aproximado registrado en los estados financieros cuando la medición exacta requiere un juicio, como la evaluación de si una opción se ejercerá.
  • NIIF 16: Norma internacional que especifica el reconocimiento, medición y presentación de arrendamientos en los estados financieros de los arrendatarios.
  • NIA-ES 540: Norma de auditoría que especifica los procedimientos de auditoría para evaluaciones de estimaciones contables.

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